Ordenanza N° 73/1987
- Fecha de sanción: 12/11/1987
- N° Promulgación: 1046
- Decreto Promulgación: 217/87
ENCARGADO EN EL VIVERO MUNICIPAL -FUNCIONES –
VISTO el pedido efectuado por el Departamento Ejecutivo relacionado con la creación de la función de encargados en las diversas reas de explotación del Vivero Municipal «Eduardo L. Holmberg» de Cazón; y
CONSIDERANDO que dicha función ya es cumplida en cada una de las reas por distintos agentes con reconocida eficiencia;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Fíjase una «Bonificación por Responsabilidad» para los agentes que desempeñan funciones de encargados de áreas de producción del Vivero Municipal «Eduardo L. Holmberg» de Cazón que en cada caso se determinan y que se detallan a continuación:
FUNCION MODULOS
Encargado General 80
Encargado de Campo 80
Capataz de Repique 60
Capataz de Plantación 60
Capataz de Injerto 60
Encargado Semillero 44
Encargado Almácigos 44
ARTICULO 2º: Los agentes que se designen para hacerse cargo de las distintas funciones que se crean por el artículo anterior lo harán con retención de su categoría anterior y carente de estabilidad.
ARTICULO 3º: La bonificación que por esta Ordenanza se crea, se liquidará con retroactividad al 1-7-87.
ARTICULO 4º: Crease dentro del Presupuesto de Gastos la siguiente Partida:
JURISDICCION II – Finalidad I – Item I – BONIFICACIONES.-
1.1.1.3.5.2. Bonificación por responsabilidad………… =A= 4.600
ARTICULO 5º: Amplíase dentro del Presupuesto de Gastos las siguientes Partidas:
JURISDICCION II – Finalidad I – Item I
1.1.1.3.2. Sueldo Anual Complementario………………. =A= 500
1.1.1.3.5.1. Bonificación por Antiguedad…………….. =A= 3.850
1.1.4.1. I.P.S. ………………………………….. =A= 700
1.1.4.2. I.O.M.A. ………………………………… =A= 400
2.8.2. FO.NA.VI. ………………………………… =A= 450
=A= 5.900
ARTICULO 6º: Para dar cumplimiento a los artículos 4º y 5º se deberán tomar los fondos de la siguiente Partida:
Jurisdicción II – Departamento Ejecutivo – Finalidad Vi – A clasificar
1.4.1. Credito Adicional. =A= 10.500
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO a los dos días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y siete.-
ORDENANZA Nº73/87.-