Ordenanza N° 96/1987
- Fecha de sanción: 04/01/1988
- N° Promulgación: 1068
- Decreto Promulgación: 6/88
REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO DE LA TASA POR MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL DE LA DEUDA QUE LOS CONT
VISTO la deuda que por la Tasa de Mantenimiento de la Red Vial contraído en los últimos años los contribuyentes del Partido de Saladillo para con el Municipio;
que, como consecuencia de los juicios de Apremio iniciados, son numerosos los productores que se acercan con el espíritu deregularizar su situación
que, las entidades que nuclean a los productores han hecho llegar su inquietud en el sentido que ser¡ oportuno y llevar tranquilidad a los mismos, establecer para las deudas consolidadas un régimen de pago en cuotas, las que deberían ajustarse, a valores de la producción agropecuaria o a la tasa activa promedio mensual que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a 30 días a opción del contribuyente;
que, un régimen de regularización as¡ dispuesto es equitativo para con los contribuyentes que han cumplido en termino en tanto no implica descuento alguno de la deuda contraída por el mismo hasta el presente;
que, para instrumentar el régimen descripto es necesario aprobar un modelo de Convenio a suscribirse entre las partes;
que, como consecuencia de la voluntad de pago manifestada por quienes acudan espontáneamente, el Municipio renuncia al derecho de perseguir por vía de apremio la deuda.- La falta de pago de las cuotas del régimen de facilidades a la fecha establecida como pago de la última cuota, liberar al Municipio para obtener el cobro por la vía del apremio; y
CONSIDERANDO la competencia que la Ley Orgánica, acuerdo da al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, este sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Establecese el siguiente régimen de Facilidades de Pago de la Tasa por Mantenimiento de la Red Vial, de la deuda que los contribuyentes mantengan con el Municipio al 311287. – 1 – El deudor reconocer expresamente la deuda que mantiene –
con la Municipalidad al 31-12-87 calculada sobre la base de la Ordenanza Impositiva Vigente.-
2 – El contribuyente abonará en el acto de acogerse al Régimen de Facilidades de Pago el 30 % de la deuda consolidada al 31/12/87. –
El 70 % restante, el contribuyente se compromete a abonar en un máximo de 10 cuotas mensuales, 5 cuotas bimestrales o 3 cuotas trimestrales consecutivas y ajustables conforme al índice de precios agropecuarios del INDEC o a la Tasa activa promedio, para cuyo cálculo sé tomar la diferencia existente entre el segundo y tercer mes anterior al de la fecha de pago de la cuota.-
3 – Mientras este cumpla con el pago de las cuotas pactadas, el Municipio renuncia al derecho de obtener el cobro por vía de apremio.-
4 – Los contribuyentes a los que, en la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, se les haya iniciado juicio de apremio no acceder n al presente régimen.-
5 – A los efectos de instrumentar el régimen, aprúebese un Modelo de Convenio de Acogimiento y Pago del siguiente tenor:
M O D E L O D E C O N V E N I O
Partida: Cuenta Nº
Entre la Municipalidad de Saladillo y el Sr. … DNI/LE/LC Nº … se celebra el siguiente convenio:
PRIMERO: El Señor …… reconoce que adeuda a la Municipalidad de Saladillo la suma de australes …. (=A= …) en concepto de Tasa por Mantenimiento de Red Vial según la Ordenanzan Impositiva Vigente.-
SEGUNDO: El Sr. ….. abona en este acto la suma de australes …. (=A= .) correspondiente al 30 % de la deuda y la suma de australes … (=A= …) correspondiente al 70 % de la misma se compromete a abonarla en …. (….) cuotas consecutivas ajustables a medida que se devenga el pago conforme al …..-
TERCERO: La falta de pago de las cuotas del presente Convenio a la fecha establecida como pago de la última cuota, producir automáticamente la perdida de las facilidades acordadas y dar derecho a la Municipalidad a obtener el cobro por la vía del apremio.-
CUARTO: A los efectos legales que pudieran corresponder, las partes fijan su domicilio en la Municipalidad de Saladillo, San Martín 3151 y el Sr. … en… ambos de Saladillo.-
QUINTO: De conformidad y en un todo de acuerdo a lo pactado, se firma dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los… días del mes de… de mil novecientos ochenta y.. –
6 – El plazo para acogerse al régimen de facilidad de pago vencer el 15-2-88. –
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y siete.-
ORDENANZA Nº96/87. –