Ordenanza N° 95/1987
- Fecha de sanción: 04/01/1988
- N° Promulgación: 1066
- Decreto Promulgación: 4/88
FACILIDADES DE PAGO TASA DE OBRAS SANITARIAS Y SERV.URBANOSUE LOS CONTRIBUYENTES MANTENGAN AL 31/12/87
VISTO la deuda que por las Tasas por el Servicio de Agua Potable y Cloacas y los Servicios Urbanos han contraído en los últimos años los contribuyentes para con el Municipio;
que, como consecuencia de los juicios de apremios ya iniciados para el cobro de la Tasa por Mantenimiento de la Red Vial, y ante el temor de que las mismas acciones sean iniciadas para perseguir el cobro de las Tasas por Obras Sanitarias y Servicios Urbanos son mucho los vecinos que se acercan con el fin de regularizar su situación;
que, debido a las dificultades económicas conocidas, sería oportuno y llevaría tranquilidad a los contribuyentes establecer para las deudas consolidadas al 31 de diciembre de 1987 un régimen de pago en cuotas;
que, para instrumentar el régimen descripto es necesario aprobar un modelo de convenio a suscribirse entre las partes;
que, como consecuencia de la voluntad de pago manifestada por quienes acudan espontáneamente, el Municipio renuncia al derecho de perseguir por vía de apremio la deuda.- La falta de pago de las cuotas del régimen de facilidades a la fecha establecida como pago de la
Última cuota, liberar al Municipio para obtener el cobro por la vía del apremio; y
CONSIDERANDO la competencia que la Ley Orgánica Municipal acuerda al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, este sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Establecese al siguiente régimen de Facilidades de Pago de las Tasas por Obas Sanitarias y Servicios Urbanos de la deuda que los contribuyentes mantengan al 31 de diciembre de 1987. –
A.-La deudora reconocer expresamente la deuda que mantiene con el Municipio al 31 de diciembre de 1987 calculada conforme la Ordenanza Impositiva Vigente.-
B.- El Contribuyente abonar en el acto de acogerse al régimen de facilidades de pago el 30 % de la deuda consolidadas al 31-12-87. –
El 70 % restante el contribuyente sé comprometer a abonarlo en un máximo de 10 cuotas mensuales, 5 bimestrales o 3 trimestrales consecutivas, ajustadas conforme la variación de los sueldos de los Agentes Municipales.-
C.- Mientras el contribuyente cumpla con el pago de las cuotas pactadas, el Municipio renuncia al derecho de obtener el cobro por la vía del apremio.-
D.- A los efectos de instrumentar el régimen apruébase el siguiente modelo de convenio de Acogimiento al Régimen de Facilidades de Pago:
M O D E L O D E C O N V E N I O
Nomenclatura Catastral:
Entre la Municipalidad de Saladillo y el Sr. … DNI/LE/LC. Nº … se celebra el siguiente convenio:
PRIMERO: El Sr… reconoce que adeuda a la Municipalidad de Saladillo, la suma de australes… (=A=…) en concepto de Tasa por… según la Ordenanza Impositiva Vigente.-
SEGUNDO: El Sr. ….. abona el 30 % de la deuda existente al 31-12-87 en este acto y el 70 % restante se compromete a abonar en… cuotas… y consecutivas, ajustables de acuerdo a la variación de los Sueldos de los Empleados Municipales.-
TERCERO: La falta de pago de las cuotas del presente Convenio a la fecha establecida como pago de la última cuota, dar lugar a la Municipalidad a iniciar las acciones por la vía del apremio.-
CUARTO: A los efectos legales que pudieren corresponder, las partes fijan sus domicilios, la Municipalidad de Saladillo en San Martín 3151 y el Sr… en… ambos de Saladillo.-
QUINTO: De conformidad y en un todo de acuerdo a lo convenido se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los… días del mes de… de mil novecientos ochenta y…. –
ARTICULO 2º: El plazo para acogerse al régimen de facilidades dispuesto por la presente Ordenanza vencer el 15 de febrero de 1988. –
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y siete.-
ORDENANZA Nº95/87. –