Ordenanza N° 83/1987

  • Fecha de sanción: 03/12/1987
  • N° Promulgación: 1056
  • Decreto Promulgación: 244/87

AUTORIZANDO AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A SUSCRIBIRCONVENIO CON -EL MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS Y

VISTO el expediente nº285/87, por el cual el Departamento Ejecutivo, solicita autorización para la firma de un Convenio entre el Ministerio de Asuntos Agrarios, la Facultad de Agronomía de la Universidad Nacional de La Plata, y esta Municipalidad, para la creación en Saladillo, y en el ámbito del Vivero Municipal, de un Jardín Botánico; y

CONSIDERANDO que la conveniencia de concretar esta iniciativa surge claramente de las actuaciones precedentes, y el dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Agrarios, haciendo lugar a lo solicitado;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un Convenio con el Ministerio de Asuntos Agrarios y la Facultad de Agronomía de la Universidad de La Plata, para la creación en Saladillo de un Jardín Botánico, y cuyo texto, como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitrés días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y siete.-

ORDENANZA Nº83/87.-
ANEXO I

En la ciudad de La Plata, de la Provincia de Buenos Aires, a los…días del mes de … del a¤o 1987, entre el MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS representado por su titular …; La FACULTAD DE AGRONOMIA de la Universidad Nacional de La Plata, a través de la Cátedra de Botánica, representada por …; Y la MUNICIPALIDAD DE SALADILLO, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal…; acuerdan celebrar «ad-referendum» del Poder Ejecutivo Provincial, el presente Convenio de colaboración cuyo objetivo es la creación, ejecución y mantenimiento de un JARDIN BOTANICO, en jurisdicción del Vivero Forestal «Eduardo L. Holmberg» de aquella comuna.-
Encuentra su fundamentación en lograr la implantación de especies arbóreas que contribuyan a la Didáctica, Técnica y Difusión Forestal, como estrategia al desarrollo forestal de la Provincia de Buenos Aires, y un mejor y apropiado aprovechamiento de la infraestructura específica del precitado Vivero.
Coincidentes en el objeto a alcanzar y las estrategias de acción a desarrollar, las partes intervinientes consideran que, para el logro del mismo, es indispensable la complementación y coordinación de esfuerzos y con tal fin, resuelven que el presente CONVENIO se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La Cátedra de Botánica de la Facultad de Agronomía de La Plata, proceder  a realizar el proyecto correspondiente de Jardín Botánico, determinando las especies a implantar; el espaciamiento entre las mismas; sectores previstos de circulación; y todo aquel otro detalle que haga a la faz funcional de este tipo de infraestructuras.
SEGUNDA: El Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia, a través de su servicio forestal, asumir  la responsabilidad de llevar a cabo la ejecución del proyecto enunciado en el punto primero, con la provisión e implantación del material botánico que se determine.- Para ello preveer los recursos necesarios a tal acción anualmente, hasta la finalización de la obra.
TERCERA: La Municipalidad aportar  el predio en carácter de Concesión de so donde se llevará a cabo la implantación del Jardín Botánico, perfectamente delimitado como lo determina el Proyecto cuyo plano se declara parte integrante del Convenio.
CUARTA: El Ministerio de Asuntos Agrarios, con la colaboración de la Muni cipalidad de Saladillo, atender  a toda aquella acción que implique el control y mantenimiento de la sanidad, como a la reposición de especies que se entienda técnicamente necesario en el futuro.
QUINTA: El presente CONVENIO tendrá duración de cinco (5) años a partir de la fecha de aprobación del mismo, con opción a ser renovado.- Asimismo, podrá  ser reincidido mediante preaviso escrito con seis (6) meses de anticipación.-

Buscar proyecto por concejal