Ordenanza N° 72/2019
- Fecha de sanción: 13/08/2019
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente n° 220/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante expediente n°4298/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Marco con la Fundación Banco Credicoop para el desarrollo de Proyecto de Investigación-Capacitación en áreas de mutuo interés; que, el Convenio Marco de Cooperación suscripto el día 30 de marzo de 2019 […]
VISTO el expediente n° 220/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante expediente n°4298/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Marco con la Fundación Banco Credicoop para el desarrollo de Proyecto de Investigación-Capacitación en áreas de mutuo interés;
que, el Convenio Marco de Cooperación suscripto el día 30 de marzo de 2019 entre la Fundación Banco Credicoop y la Municipalidad de Saladillo, acuerda que ambas instituciones favorecerán la concertación de programas específicos para la ejecución conjunta y coordinada de proyectos de desarrollo de iniciativas, investigación, capacitación, generación de redes asociativas y otras formas de extensión en áreas de mutuo interés;
que, los programas específicos que las partes elaboren serán plasmados y detallados en Anexos;
que, conforme a lo dispuesto en la cláusula novena del Convenio y lo normado por el artículo 41° de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde que el Convenio sea aprobado por el Honorable Concejo Deliberante a efectos de dotarlo de operatividad; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 13 de agosto de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de la Producción, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Apruébese el Convenio Marco suscripto el día 30 de marzo de 2019 entre la Fundación Banco Credicoop y la Municipalidad de Saladillo, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-
ARTÍCULO 2°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los Anexos, Actas y/o Acuerdos Complementarios que fueran necesarios para cumplir con el objeto del Convenio a que se refiere el artículo 1°.-
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los trece días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.-
ORDENANZA N° 72/2019.-
ANEXO I