Ordenanza N° 59/2019
- Fecha de sanción: 02/07/2019
- N° Promulgación: 3494
- Decreto Promulgación: 1465
VISTO el expediente n° 142/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante expediente n° 2878/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza sobre incompetencia de la Subsecretaría de Deportes para desarrollar el programa “Escuelas Deportivas Municipales”; que, mediante el Decreto n° 690/2019, se declaró la incompetencia de Subsecretaría de Deportes, Recreación y Juventud y de la […]
VISTO el expediente n° 142/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante expediente n° 2878/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza sobre incompetencia de la Subsecretaría de Deportes para desarrollar el programa “Escuelas Deportivas Municipales”;
que, mediante el Decreto n° 690/2019, se declaró la incompetencia de Subsecretaría de Deportes, Recreación y Juventud y de la Secretaría de Gobierno, por carecer de personal idóneo para desarrollar el programa Escuelas Deportivas Municipales en la ciudad cabecera y en las Localidades del Interior;
que, la Municipalidad, a través de la Subsecretaría mencionada precedentemente, dispuso el funcionamiento del programa Escuelas Deportivas Municipales;
que, estas escuelas brindan a todos los ciudadanos (niños y adultos) la posibilidad de iniciarse, aprender y practicar diferentes disciplinas deportivas;
que, las actividades contempladas en tales programas, requieren de los conocimientos e idoneidad de profesores de Educación Física;
que, si bien la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Juventud, cuenta con dos profesores de Educación Física, de los cuales uno se encuentra abocado al cargo de Subsecretario y otro al cargo de Director, siendo imposible que los mismos desarrollen la diaria de tales eventos, más allá de que se requieren un número importante de profesionales a fin de cumplir de manera completa con todas las clases programadas;
que, doctrinariamente el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha considerado factible la contratación de profesionales por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, siempre que no se cuente con personal especializado o el existente se declare incompetente;
que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 66° del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, este tipo de contrataciones por parte de la municipalidad, serán considerados gastos especiales;
que, atento ello resulta necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante en un todo de acuerdo al artículo 32° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, no obstante lo cual, y dada la premura que merece la disposición del recurso humano mencionado, se procedió al dictado de un decreto ad referéndum autorizando la contratación en cuestión; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 02 de julio de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que recomienda sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Convalídese la declaración de incompetencia de la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Juventud y de la Secretaría de Gobierno, efectuada mediante Decreto n° 690/2019 del Departamento Ejecutivo, por carecer de personal idóneo para desarrollar el programa Escuelas Deportivas Municipales en la ciudad cabecera y en las Localidades del Interior.-
ARTÍCULO 2°: Autorícense y apruébense los gastos de carácter especial originados por la contratación para el desarrollo del programa Escuelas Deportivas Municipales en la ciudad cabecera y en las Localidades del Interior.-
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dos días del mes de julio del año dos mil diecinueve.-
ORDENANZA N° 59/2019.-