Ordenanza N° 52/2019

  • Fecha de sanción: 18/06/2019
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediente Nº 451/2018, iniciado por el Bloque de Concejales de Cambiemos, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a designar una calle de nuestra ciudad con el nombre “Crucero ARA General Belgrano”;   que, el ARA General Belgrano fue un Crucero de la Armada Argentina utilizado en la guerra de Malvinas hasta el 2 […]

VISTO el expediente Nº 451/2018, iniciado por el Bloque de Concejales de Cambiemos, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a designar una calle de nuestra ciudad con el nombre “Crucero ARA General Belgrano”;

que, el ARA General Belgrano fue un Crucero de la Armada Argentina utilizado en la guerra de Malvinas hasta el 2 de Mayo de 1982;

que, en dicha fecha fue atacado y hundido por dos torpedos disparados por el submarino británico HMS Conqueror (S48), fuera de la zona de exclusión marítima;

que, fue una abierta violación a la carta de las Naciones Unidas que deja expresamente prohibida toda hostilidad afuera de los límites de exclusión;

que, dicho ataque se llevó a 323 Héroes de nuestra Patria;

que, el total de las bajas representa la mitad de los muertos argentinos en la Guerra del Atlántico Sur;

que, es el único caso de un barco hundido en guerra, por un submarino nuclear;

que, dentro de los 770 tripulantes sobrevivientes se encontraba el Marinero Primero Juan Carlos Ruviera, vecino de nuestra Ciudad: Saladillo; y

CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el 18 de junio de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Imposición de Nombres, Calles, Edificios y Sitios Públicos, que recomienda sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Desígnese una calle de la Ciudad de Saladillo, con el nombre “Crucero ARA General Belgrano”.-

ARTÍCULO 2º: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a designar con el nombre impuesto en el artículo anterior, a la calle que resulte menester en atención a las necesidades y circunstancias del ordenamiento urbano.-

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil diecinueve.-

ORDENANZA Nº 52/2019.-

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