Ordenanza N° 41/1988
- Fecha de sanción: 01/09/1988
- N° Promulgación: 1111
- Decreto Promulgación: 197/88
MODIFICACION ARTICULO 1? DEL CONVENIO SUSCRIPTO CON LA MUNICIPA-LIDAD DE LA PLATA, SOBRE ADQUISICION
VISTO el informe producido por la Sub-Secretaría de Asuntos Forestales en el cu l expone que por comunicación de la Dirección de Espacios Verdes de la Municipalidad de La Plata, solicita reemplazar algunas especies, ya que les resultar operativamente difícil cumplir con la plantación a breve plazo de tantos ejemplares de una misma especie, lo cual genera el riesgo de perderlos, por lo tanto al reducir la cantidad de especies de brote temprano podrán desarrollar los trabajos con menos condicionamientos; y
CONSIDERANDO que es necesario acceder a la solicitud planteada;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifícase los términos del Artículo 1º del Convenio suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y la Municipalidad de La Plata, referido a la adquisición de ejemplares forestales que forma parte de la presente Ordenanza, quedando los demás artículos de igual forma.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiseis días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y ocho.-
ORDENANZA Nº41/88.-
ANEXO I
C O N V E N I O
– – – Entre la Municipalidad de Saladillo, representada en este acto por su Intendente Municipal, Dr. Francisco Jose FERRO y la Municipalidad de La Plata, representada por su Intendente, Dr. Pablo Oscar PINTO, convienen en celebrar el presente Convenio.- El mismo se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La Municipalidad de Saladillo se compromete a entregar entre los meses de julio y agosto de 1988, inclusive, la cantidad de 4.700 ejemplares aptos para forestación urbana según el siguiente detalle:
ESPECIE CANTIDAD ALTURA PRECIO TOTAL
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Sauce Llorón 500 1.50/2.50 5.- 2.500
Alamos SP 3000 1.50/2.50 4.- 12.000
Tilos Copados 1000 2.50/3.00 25.- 25.000
Acacia Blanco 200 2.50/3.00 15.- 3.000
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4700 42.500
SEGUNDA: Las especies citadas ser n entregadas sobre camión en el Vivero Eduardo Homberg de Cazón y en el caso de que algunas de las citadas en la cláusula anterior no se encuentren en condiciones de calidad y cantidad establecidas podrán ser reemplazadas por otras de similares características y valor previa conformidad de ambas partes.-
TERCERA: La Municipalidad de La Plata se compromete a entregar sobre camión en esa ciudad la cantidad de 1.250 toneladas de balasto de piedra granítica con mezcla de conchilla apta para obras de mejorado vial a un costo unitario de =A= 34 la tonelada, o sea un total de =A= 42.500 en transcurso del a¤o 1988.-
CUARTA: En caso de incumplimiento parcial o total por cualquiera de las partes, ambas se obligan a la restitución de las sumas no satisfechas de acuerdo a las cláusulas primera y tercera del presente convenio ajustándose los valores de acuerdo al índice de precios mayoristas Nivel General del INDEC tomando como base el mes de junio de 1988 y el mes anterior al de efectivo pago de las sumas devengadas.-
QUINTA: A todos los efectos que puedan surgir del presente Convenio las partes fijan sus domicilios legales en la Municipalidad de Saladillo y la Municipalidad de La Plata en su edificio Municipal de calle 12 entre 51 y 53 de La Plata.-
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares del mismo tenor en la ciudad de Saladillo, a los … días del mes de … de 1988.-