Ordenanza N° 29/2019

  • Fecha de sanción: 07/05/2019
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediente N° 83/2019, iniciado por el Bloque de Concejales de Cambiemos, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a adherir a la Ley Provincial N° 15.134, solicitando capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres; que, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención […]

VISTO el expediente N° 83/2019, iniciado por el Bloque de Concejales de Cambiemos, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a adherir a la Ley Provincial N° 15.134, solicitando capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres;

que, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), ratificada por la Argentina y aprobada por el Congreso de la Nación mediante Ley Nacional N° 24.632, establece en su artículo 3° que: “toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado”;

que, el 19 de diciembre de 2018 el Honorable Congreso de la Nación sancionó la Ley Nacional N°27.499, conocida como “Ley Micaela”, llamada así en homenaje a Micaela García, la joven secuestrada, violada y asesinada en abril de 2017 en la Provincia de Entre Ríos cuando tenía 21 años;

que, el 21 de marzo fue sancionada la Ley de la Provincia de Buenos Aires N° 15.134,  declarando, en el marco de la Ley Nacional 27499 -Ley Micaela-, la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que integran los tres poderes del estado, invitando a los municipios a adherir a la misma;

que, la ley anteriormente referenciada con fecha 5 de abril de 2019 fue promulgada por el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto N° 245/2019;

que, la violencia de género es una problemática multicausal que requiere el compromiso sostenido de todos los sectores del estado y de la sociedad para trabajar en su prevención y erradicación;

que, resulta indispensable un abordaje integral de la violencia de género, entendida como una violación de los Derechos Humanos de las mujeres, que afecta su vida, su libertad, su integridad psicofísica y que impide el desarrollo de sus potencialidades;

que, sancionar esta Ordenanza significará contar con una herramienta, una estrategia y un medio para llevar a cabo la transformación individual y colectiva hacia la igualdad de género a través de la concientización, el aprendizaje del empoderamiento, la construcción del conocimiento y el desarrollo de habilidades;

que, la ley sancionada es una importante contribución al establecimiento de la igualdad de derechos desde el punto de vista jurídico, social, económico y cultural, y en el mismo sentido lo será el presente proyecto de adhesión a la misma; y

CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 7 de mayo de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: Adhiérase el Municipio de Saladillo a la Ley Provincial N° 15.134, la cual declara, en el marco de la Ley Nacional 27499 -Ley Micaela-, la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que integran los tres poderes del estado.-

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de mayo del año dos mil diecinueve. –

ORDENANZA N° 29/2019.-  

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