Ordenanza N° 21/2019
- Fecha de sanción: 23/04/2019
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente Nº 19/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente Nº 7489/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio de Cooperación y Asistencia con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia de Buenos Aires, a fin de divulgar el conocimiento en robótica y fabricación digital; que, el […]
VISTO el expediente Nº 19/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente Nº 7489/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio de Cooperación y Asistencia con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia de Buenos Aires, a fin de divulgar el conocimiento en robótica y fabricación digital;
que, el mismo tiene por objeto capacitar y equipar, por parte del Ministerio, espacios de trabajos dispuestos por el Municipio, a fin de divulgar el conocimiento en robótica y fabricación digital;
que, los espacios de trabajo llamados Aulas de Robótica y Fabricación Digital, propician incentivar y/o mejorar las capacidades vinculadas al uso de tecnología, funcionando como disparadores e incubadoras de proyectos innovadores que ayuden a resolver las problemáticas sociales, culturales y productivas de cada distrito;
que, conforme a lo establecido por el artículo N° 41° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, resulta necesaria su aprobación por el Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 23 de abril de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Apruébese el Convenio de Cooperación y Asistencia recíproca y Anexo I suscripto entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Saladillo, obrante a fs. 1/3 del mencionado expediente.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil diecinueve. –
ORDENANZA Nº 21/2019.-