Ordenanza N° 39/1988
- Fecha de sanción: 28/08/1988
- N° Promulgación: 1108
- Decreto Promulgación: 189/88
MODIFICACION ARTICULO 5? DE LA ORDENANZA 17/88, PROMULGADA BAJO EL N?1084, SOBRE OBRA DE ENSANCHE Y
VISTO el expediente nº398/88 (correspondiente al expediente nº213/88 de este Honorable Concejo Deliberante) por el cual el Departamento Ejecutivo solicita la modificación del artículo 5º de la Ordenanza Nº17/88 y promulgada bajo el nº1084, que regula el valor de la contribución a los beneficiarios de la obra de ensanche y cordón cuneta de las avenidas Bozán y Cabral de esta ciudad; y
CONSIDERANDO el informe técnico favorable de obras y servicios públicos, obrante a fojas 2/3, del presente expediente, y el Despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja hacer lugar a lo solicitado;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modíficase el Artículo 5º de la Ordenanza Nº17/88, y promulgada bajo el nº1084, el que quedar redactado de la siguiente manera:
«ARTICULO 5º: Establécese un valor básico por metro lineal de frente según la siguiente escala:
TRAMO 1: Avenida Bozán entre Moreno y Cabral.-
Frentistas acera números par =A= 52.90.-
Frentistas acera números impares =A= 98.24.-
TRAMO 2: Avenida Cabral entre Bozán y Emparanza 75.57.-
Tramo 3: Avenida Cabral entre Emparanza y San Martín 123.11.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciseis días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y ocho.-
ORDENANZA Nº39/88.-