Ordenanza N° 23/1988
- Fecha de sanción: 28/06/1988
- N° Promulgación: 1092
- Decreto Promulgación: 146/88
INCREMENTO SALARIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL CON RETROACTIVI–DAD A LOS MESES DE MAYO-JUNIO Y JULI
VISTO el expediente nº164/88, por el cual el Departamento Ejecutivo, eleva Proyecto de Ordenanza sobre incremento salarial para el Personal Municipal retroactivo a los meses de mayo – junio y para el mes de julio de 1988; y
CONSIDERANDO que este Cuerpo en todas las oportunidades ha tratado de mejorar las condiciones de los trabajadores, en la medida de sus posibilidades, de acuerdo a pautas que oportunamente se establecieron con el Sindicato de Trabajadores Municipales y contando con el respectivo informe de Contaduría Municipal;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Fíjase con retroactividad al día 1º de mayo de 1988, el valor del módulo en la suma de australes tres con ochocientos cincuenta y ocho milésimas (=A= 3,858); a partir del 1º de junio de 1988, el valor del módulo en la suma de australes cuatro con quinientos noventa y dos milésimas (=A= 4,592); y a partir del 1º de julio de 1988, el valor del módulo en la suma de australes cinco con ciento cuarenta y tres (=A= 5,143).-
ARTICULO 2º: Fíjase con retroactividad al día 1º de mayo de 1988, el jornal diario para el Personal Jornalizado en australes veintiocho con setenta y seis (=A= 28.76); a partir del 1º de junio de 1988, el Jornal diario en australes treinta y cuatro con veintitres (=A= 34.23); y a partir del 1º de julio de 1988, el jornal diario en australes treinta y ocho con treinta y cuatro (=A= 38.34).-
ARTICULO 3º: Fíjase con retroactividad al día 1º de mayo de 1988 el Gasto de Representación para el Señor Intendente Municipal en la suma de australes dos mil ciento ochenta y cinco (=A= 2.185); a partir del 1º de junio de 1988, en la suma de australes dos mil seiscientos (=A= 2.600); y a partir del 1º de julio de 1988 en la suma de australes dos mil novecientos doce con diecisiete centavos (=A= 2.912.17).-
ARTICULO 4º: Fíjase con retroactivdad al día 1º de mayo de 1988, a partir del 1º de junio de 1988 y a partir del 1º de julio de 1988, los sueldos básicos para el Personal Superior y Jerárquico que se detallan en Anexo I, para cada una de las fechas mencionadas.-
ARTICULO 5º: Apruebanse las escalas de sueldos por régimen horario para el Personal Municipal con estabilidad, con retroactividad al día 1º de mayo de 1988, a partir del 1º de junio de 1988, y a partir del 1º de julio de 1988, que se indican en Anexo I, y para cada una de las fechas mencionadas, y que es parte integrante de esta Ordenanza.-
ARTICULO 6º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos anteriores se tomaran de la Partida de Jurisdicción II – Finalidad VI «A clasificar».-
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de junio de mil novecientos ochenta y ocho.-
ORDENANZA Nº23/88.-
ANEXO I
PERSONAL SUPERIOR Y JERARQUICO
AL 01/05/88.-
INTENDENTE – Sueldo …………………………………. 2.185.-
INTENDENTA – Gastos de Representación …………………. 2.185.-
SECRETARIO DE GOBIERNO ………………………………. 3.233.80
SECRETARIO DE HACIENDA ………………………………. 3.233.80
SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ………………. 3.233.80
SECRETARIA PRIVADA ………………………………….. 3.233.80
SUB-SECRETARIO DE ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA ………… 2.622.-
SUB-SECRETARIO DE RECREACION Y DEPORTES ……………….. 2.622.-
SUB-SECRETARIO DE CULTURA Y EDUCACION …………………. 2.622.-
SUB-SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS Y PLANEAMIENTO ………… 2.622.-
SUB-SECRETARIO DE ASUNTOS FORESTALES ………………….. 2.622.-
DELEGADO DE DEL CARRIL ………………………………. 1.748.-
DELEGADO DE POLVAREDAS ………………………………. 1.748.-
DELEGADO DE TOLEDO ………………………………….. 1.542.15
DELEGADO DE CAZON …………………………………… 1.542.15
JUEZ DE FALTAS ……………………………………… 3.233.80
CONTADOR …………………………………………… 3.103.85
TESORERO …………………………………………… 2.622.-
JEFE DE COMPRAS …………………………………….. 2.622.-
DIRECTOR DE MANTENIMIENTO DEL PARQUE VIAL Y AUTOMOTOR …… 2.360.95
DIRECTOR DE SERVICIOS URBANOS ………………………… 2.360.95
DIRECTOR DE OBRAS SANITARIAS …………………………. 2.360.95
DIRECTOR VIAL ………………………………………. 2.360.95
DIRECTOR DE OBRAS PARTICULARES Y CATASTRO ……………… 1.748.-
DIRECTOR DE BROMATOLOGIA …………………………….. 1.748.-
INSPECTOR GENERAL …………………………………… 1.748.-
ANEXO II
AL 01/06/88.-
PERSONAL SUPERIOR Y JERARQUICO
INTENDENTE – Sueldo …………………………………. 2.600.15
INTENDENTA – Gastos de Representación …………………. 2.600.15
SECRETARIO DE GOBIERNO ………………………………. 3.848.23
SECRETARIO DE HACIENDA ………………………………. 3.848.23
SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ………………. 3.848.23
SECRETARIA PRIVADA ………………………………….. 3.848.23
SUB-SECRETARIO DE ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA ………… 3.120.18
SUB-SECRETARIO DE RECREACION Y DEPORTES ……………….. 3.120.18
SUB-SECRETARIO DE CULTURA Y EDUCACION …………………. 3.120.18
SUB-SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS Y PLANEAMIENTO ………… 3.120.18
SUB-SECRETARIO DE ASUNTOS FORESTALES ………………….. 3.120.18
DELEGADO DE DEL CARRIL ………………………………. 2.080.12
DELEGADO DE POLVAREDAS ………………………………. 2.080.12
DELEGADO DE TOLEDO ………………………………….. 1.835.16
DELEGADO DE CAZON …………………………………… 1.835.16
JUEZ DE FALTAS ……………………………………… 3.848.23
CONTADOR …………………………………………… 3.693.59
TESORERO …………………………………………… 3.120.18
JEFE DE COMPRAS …………………………………….. 3.120.18
DIRECTOR DE MANTENIMIENTO DEL PARQUE VIAL Y AUTOMOTOR …… 2.809.54
DIRECTOR DE SERVICIOS URBANOS ………………………… 2.809.54
DIRECTOR DE OBRAS SANITARIAS …………………………. 2.809.54
DIRECTOR VIAL ………………………………………. 2.809.54
DIRECTOR DE OBRAS PARTICULARES Y CATASTRO ……………… 2.080.12
DIRECTOR DE BROMATOLOGIA …………………………….. 2.080.12
INSPECTOR GENERAL …………………………………… 2.080.12
ANEXO III
PERSONAL SUPERIOR Y JERARQUICO
INTENDENTE – Sueldo …………………………………. 2.912.17
INTENDENTA – Gastos de Representación …………………. 2.912.17
SECRETARIO DE GOBIERNO ………………………………. 4.310.02
SECRETARIO DE HACIENDA ………………………………. 4.310.02
SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ………………. 4.310.02
SECRETARIA PRIVADA ………………………………….. 4.310.02
SUB-SECRETARIO DE ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA ………… 3.494.61
SUB-SECRETARIO DE RECREACION Y DEPORTES ……………….. 3.494.61
SUB-SECRETARIO DE CULTURA Y EDUCACION …………………. 3.494.61
SUB-SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS Y PLANEAMIENTO ………… 3.494.61
SUB-SECRETARIO DE ASUNTOS FORESTALES ………………….. 3.494.61
DELEGADO DE DEL CARRIL ………………………………. 2.329.74
DELEGADO DE POLVAREDAS ………………………………. 2.329.74
DELEGADO DE TOLEDO ………………………………….. 2.055.38
DELEGADO DE CAZON …………………………………… 2.055.38
JUEZ DE FALTAS ……………………………………… 4.310.02
CONTADOR …………………………………………… 4.136.83
TESORERO …………………………………………….3.494.61
JEFE DE COMPRAS …………………………………….. 3.494.61
DIRECTOR DE MANTENIMIENTO DEL PARQUE VIAL Y AUTOMOTOR …… 3.146.69
DIRECTOR DE SERVICIOS URBANOS ………………………… 3.146.69
DIRECTOR DE OBRAS SANITARIAS …………………………. 3.146.69
DIRECTOR VIAL ………………………………………. 3.146.69
DIRECTOR DE OBRAS PARTICULARES Y CATASTRO ……………… 2.329.74
DIRECTOR DE BROMATOLOGIA …………………………….. 2.329.74