Ordenanza N° 12/2019

  • Fecha de sanción: 23/04/2019
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediente n° 51/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 7114/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar el Convenio suscripto con el Sr. Jorge Antonio Marchello, sobre daño de un vehículo; que, en el expediente el Sr. Jorge Antonio Marchello, D.N.I. N° 13.542.138 eleva reclamo manifestando que el día 28 […]

VISTO el expediente n° 51/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 7114/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar el Convenio suscripto con el Sr. Jorge Antonio Marchello, sobre daño de un vehículo;

que, en el expediente el Sr. Jorge Antonio Marchello, D.N.I. N° 13.542.138 eleva reclamo manifestando que el día 28 de septiembre de 2018, en la esquina de Zamorano y Rivadavia un tractor N 327 y máquina de cortar césped N 431, ambos propiedad de la Municipalidad, despiden una piedra la cual impacta y ocasiona la rotura del cristal trasero derecho del vehículo VW Bora, dominio MM527, de su propiedad;

que, se agrega a fs. 2/6, copia de D.N.I y Licencia de Conducir del peticionante, copia de la Cédula de Identificación Automotor, denuncia del siniestro a la compañía aseguradora Cooperación Seguros, copia póliza de seguro, presupuesto, y fotografías;

que, del presupuesto adjuntado a fs. 5 surge que el monto de la reparación es de pesos dos mil ($ 2.000,00);

que, a fs. 10, el Director de Servicios Urbanos informa que efectivamente el día 28 de septiembre de 2018, personal y herramientas municipales estaban prestando servicios en esa zona y que un operario le manifestó que se acercó un vecino a comentarles que le habían roto el vidrio de su auto;

que, que el hecho se produjo por el accionar de un agente municipal en el ejercicio de su función, y como tal, el Estado es responsable de las consecuencias de su accionar, es por ello que por el Decreto n° 2664/2018 se inició un sumario administrativo a quien manejaba el tractor, Guillermo Alejandro Miramont, tendiente a deslindar responsabilidades;

que, el artículo 1765° del Código Civil y Comercial de la Nación establece que la responsabilidad del Estado se rige por las normas y principios del derecho administrativo nacional o local según corresponda, que uno de esos principios es el respeto a la propiedad privada amparada por el artículo 17° de la Constitución Nacional;

que, estamos frente a un supuesto de responsabilidad por actividad lícita del Estado, por el accionar de un empleado público del estado en ejercicios de sus funciones como agente municipal, que causó un daño cierto al patrimonio de Jorge Antonio Marchello, quien no está obligado a soportar el perjuicio;

que, en consecuencia, debería hacerse lugar a la reparación del daño causado en el vehículo del Sr. Jorge Antonio Marchello por el agente municipal en cumplimiento de sus funciones;

que, a fs. 25/26 obra Convenio entre la Municipalidad y el Sr. Jorge Antonio Marchello, por el cual se reconoce el daño en la propiedad y se compromete a reparar el mismo en contrapartida con el desistimiento de la acción y del derecho a iniciar cualquier otro reclamo relacionado con la rotura del cristal trasero derecho del vehículo VW Bora, dominio MM527;

que, conforme al artículo 41° del Decreto Ley 6769/58 el acuerdo debe ser elevado al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación; y

CONSIDERANDO que, en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 23 de abril del año 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: Apruébese el Convenio suscripto con fecha 28 de diciembre de 2018 entre la Municipalidad de Saladillo y el Sr. Jorge Antonio Marchello, D.N.I. N° 13.542.128, por medio del cual la primera reconoce adeudar a favor del Sr. Marchello, la suma de pesos dos mil ($ 2.000,00), en concepto de daños producidos a su vehículo VW Bora, Dominio MM527, en virtud de que, el día 28 de septiembre del año 2018, cuando agentes municipales que estaban cortando el pasto levantaron con la máquina una piedra, la cual impacto en el cristal trasero derecho del vehículo, ocasionando su rotura.-

ARTICULO 2°. Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil diecinueve. –

ORDENANZA N° 12/2019.-

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