Ordenanza N° 134/2018

  • Fecha de sanción: 23/10/2018
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediente nº 342/2018, iniciado por el Bloque de Concejales de Cambiemos,  quién eleva proyecto de Ordenanza referente a  agregar un nuevo artículo a la Ordenanza Nº 41/2003 (Código de la Construcción ),  que refiere al ingreso de cocheras por la línea municipal de la esquina;   que, la existencia de edificaciones particulares  que […]

VISTO el expediente nº 342/2018, iniciado por el Bloque de Concejales de Cambiemos,  quién eleva proyecto de Ordenanza referente a  agregar un nuevo artículo a la Ordenanza Nº 41/2003 (Código de la Construcción ),  que refiere al ingreso de cocheras por la línea municipal de la esquina;

que, la existencia de edificaciones particulares  que poseen el ingreso  a cocheras por la línea municipal de la esquina y los vehículos que quedan estacionados sobre la vereda irrumpe el cono de visibilidad;

que, las maniobras de entrada y salida en este tipo de cocheras pueden ser peligrosas para quienes transiten por las calles de nuestra ciudad y generar accidentes viales y asi mismo por el peatón que circula por la acera y/o senda peatonal;

que, genera conflicto con los vados o rampas ubicados en esquinas; y

CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 23 de octubre del año 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R DE N A N Z A

ARTICULO 1º :Adiciónese al Código de la Construcción, Ordenanza nº 41/2003, en el Capítulo XIV, un nuevo artículo que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTICULO 5º: Prohíbase el ingreso y egreso de vehículos a cocheras por la línea municipal de la esquina (ochava)”, los mismos deberán estar ubicados a más de 500 metros de la intersección de la línea de edificación (ver croquis).-

Las cocheras preexistentes a esta Ordenanza, deberán regularizarse al momento de la  intervención constructiva  que se lleve  a cabo en la edificación”.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitres dias del mes de octubre del año dos mil dieciocho.-

ORDENANZA Nº 134/2018.-

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