Ordenanza N° 111/2018

  • Fecha de sanción: 11/09/2018
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediente nº 347/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 6295/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a fijar nuevos valores de las asignaciones familiares a los empleados municipales;   que, el Decreto Nº 1985/2018, ad-referéndum del Honorable Cuerpo fija escalas y montos para las asignaciones familiares a partir del 1º de […]

VISTO el expediente nº 347/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 6295/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a fijar nuevos valores de las asignaciones familiares a los empleados municipales;

que, el Decreto Nº 1985/2018, ad-referéndum del Honorable Cuerpo fija escalas y montos para las asignaciones familiares a partir del 1º de septiembre de 2018;

que, la Ley 24.714 y sus modificatorias instituye con carácter nacional y obligatorio al Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad pública nacional;

que, asimismo la Ley 14.656 regulatoria del empleo público municipal en la Provincia de Buenos Aires, establece entre los derechos del trabajador municipal subsidios y asignaciones familiares conforme a la ley nacional;

que, en el marco de las negociaciones llevadas a cabo entre el Departamento Ejecutivo Municipal, el Sindicato de Trabajadores Municipales y la Unión Personal y Civil de la Nación (U.P.C.N.) se acordó un incremento salarial de $ 2.200, pagaderos $ 700 a partir de abril 2018, $ 700 a partir de mayo 2018 y $ 800 a partir de septiembre 2018;

que, a consecuencia del aumento referido, y conforme a la actual escala y montos para las asignaciones familiares muchos de los trabajadores dejarían de percibirla;

que, razones de justicia social hacen necesario implementar políticas que impulsen medidas orientadas a proteger los intereses de los trabajadores de este municipio;

que, resulta entones necesario, efectuar una modificación en las escalas y/o tramos de sueldos, y en idéntico porcentaje que el aumento que el trabajador perciba, a fin de evitar la pérdida de las prestaciones en relación a los salarios; y

CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 25 de septiembre de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Prespuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO  1º: Fíjese a partir del 1º de septiembre de 2018 las escalas de Asignaciones Familiares que a continuación se detallan:

Asignación por Hijo        

Remuneración entre $           0,00 y $    7.043,31  $ 340
Remuneración entre $    7.043,32 y $    8.603,31  $ 250
Remuneración entre $    8.603,32 y $   10.683,31  $ 160
Remuneración entre $   10.683,32 y $   21.083,31 $ 90
Más de $   21.083,32 y $                 –  $     –

Asignación por Hijo con Discapacidad

Remuneración entre $           0,01 y $ 13.895,00  $ 2.730
Remuneración entre $  13.895,01 y $ 15.910,00  $ 1.930
Remuneración entre $  15.910,01 y $                 –  $ 1.217

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho.-

ORDENANZA Nº 111/2018.-

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