Ordenanza N° 102/2018
- Fecha de sanción: 11/09/2018
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente nº 280/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 5390/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, una palestra propiedad de la Municipalidad de Saladillo; que, mediante el expediente 5390-E-2018 la Escuela de Educación Secundaria […]
VISTO el expediente nº 280/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 5390/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, una palestra propiedad de la Municipalidad de Saladillo;
que, mediante el expediente 5390-E-2018 la Escuela de Educación Secundaria Nº 6 de Saladillo solicita le sea donada la palestra, utilizada para hacer escalada deportiva, que estaba ubicada en el Parque Francisco Emparanza;
que, la Escuela tiene orientación en Educación Física contando en su estructura programática con materias relacionadas con la vida en la naturaleza y la escalada deportiva, careciendo de la infraestructura adecuada para realizarla;
que, desde la Subsecretaría de Deportes y Recreación de la Municipalidad de Saladillo, se tomó la decisión de retirar la palestra del parque debido a la falta de uso, previendo de esta manera futuros accidentes;
que, al no tener prevista una nueva proyección de uso para la palestra, desde la Subsecretaría se cree apropiado atender al pedido efectuado por la Escuela de Educación Secundaria;
que, conforme a lo dispuesto por el artículo 55º del Decreto Ley 6769/58 –Ley Orgánica de las Municipalidades- corresponde al Concejo Deliberante autorizar la transmisión de bienes pertenecientes al dominio público o privado municipal; y
CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 11 de setiembre de 2018 este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Dónase a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires la palestra utilizada en escalada deportiva –estructura metálica con paneles de fenólicos y tomas de resina plástica-, propiedad de la Municipalidad de Saladillo.-
ARTÍCULO 2º: La presente donación se realiza con el cargo de afectar el uso del bien mencionado en el artículo 1 a la Escuela de Educación Secundaria Nº 6 de la ciudad de Saladillo. Para el supuesto en que no se cumpliera con el cargo impuesto en el presente artículo, el dominio de los muebles donados, y que en su conjunto conforma la palestra, quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho.-
ORDENANZA Nº 102/2018.-