Ordenanza N° 102/2018

  • Fecha de sanción: 11/09/2018
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediente nº 280/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 5390/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, una palestra propiedad de la Municipalidad de Saladillo;   que, mediante el expediente 5390-E-2018 la Escuela de Educación Secundaria […]

VISTO el expediente nº 280/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 5390/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, una palestra propiedad de la Municipalidad de Saladillo;

que, mediante el expediente 5390-E-2018 la Escuela de Educación Secundaria Nº 6 de Saladillo solicita le sea donada la palestra, utilizada para hacer escalada deportiva,  que estaba ubicada en el Parque Francisco Emparanza;

que, la Escuela tiene orientación en Educación Física contando en su estructura programática con materias relacionadas con la vida en la naturaleza y la escalada deportiva, careciendo de la infraestructura adecuada para realizarla;

que, desde la Subsecretaría de Deportes y Recreación de la Municipalidad de Saladillo, se tomó la decisión de retirar la palestra del parque debido a la falta de uso, previendo de esta manera futuros accidentes;

que, al no tener prevista una nueva proyección de uso para la palestra, desde la Subsecretaría se cree apropiado atender al pedido efectuado por la Escuela de Educación Secundaria;

que, conforme a lo dispuesto por el artículo 55º del Decreto Ley 6769/58 –Ley Orgánica de las Municipalidades- corresponde al Concejo Deliberante autorizar la transmisión de bienes pertenecientes al dominio público o privado municipal;  y

CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 11 de setiembre de 2018 este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Dónase a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires la palestra utilizada en escalada deportiva –estructura metálica con paneles de fenólicos y tomas de resina plástica-, propiedad de la Municipalidad de Saladillo.-

ARTÍCULO 2º: La presente donación se realiza con el cargo de afectar el uso del bien mencionado en el artículo 1 a la Escuela de Educación Secundaria Nº 6 de la ciudad de Saladillo.  Para el supuesto en que no se cumpliera con el cargo impuesto en el presente artículo, el dominio de los muebles donados, y que en su conjunto conforma la palestra, quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho.-

ORDENANZA Nº 102/2018.-

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