S/ SECRETARIO DE SEGURIDAD Y JUTICIA DE LA PCIA. EL NOMBRAMIENTO DEL MEDICO DE POLICIA CON AREA DE COMPETENCIA EN SALADILLO.-

VISTO el expediente nº 15/99, iniciado por el Bloque de Concejales Justicialistas que eleva proyecto de Resolución solicitando a la Secretaría de Seguridad y Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la urgente regularización y nombramiento del médico de policía;

que, la necesidad de contar en nuestra ciudad con un médico de policía que atienda las distintas demandas inherentes a su función específica;

que, la Secretaría de Seguridad y Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha rescindido los contratos con los facultativos afectados a esta tarea;

que, en la ciudad de Saladillo, específicamente contábamos desde hace poco tiempo con un profesional contratado para esta tarea;

que, el Doctor Zacca con su profesionalismo, desempeño y expedición en el tratamiento de los casos había cubierto satisfactoriamente esta necesidad de nuestra comunidad;

que, es imperioso replantear esta política llevada a cabo para que nuevamente podamos contar con un médico de policía en nuestra ciudad; la cual ha sido una demanda permanente por haber causado situaciones conflictivas en dolorosas situaciones;

que, no obstante observar la buena disposición para que este servicio se mantenga sin ninguna relación contractual solicitamos el urgente tratamiento de la situación planteada; y

CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 19 de febrero de 1999, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Secretario de Seguridad y Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Dr. León Arslanian, la urgente regularización y nombramiento del médico de policía con área de competencia en la ciudad de Saladillo.-

ARTICULO 2º: Gestiónese ante quien corresponda la provisión de una unidad morguera afectada a la tarea de atención de víctimas en accidentes fatales.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve.-

RESOLUCION Nº 1/99.-

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