Ordenanza N° 85/2018
- Fecha de sanción: 14/08/2018
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente nº 252/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 4098-2943/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a declarar de interés social la escrituracion de un inmueble a favor de la Señora Olga Haydeé Andreassi; que, de acuerdo al expediente nº 4098-2943/2017 por medio del cual la Sra. Olga Haydeé Andreassi, […]
VISTO el expediente nº 252/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 4098-2943/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a declarar de interés social la escrituracion de un inmueble a favor de la Señora Olga Haydeé Andreassi;
que, de acuerdo al expediente nº 4098-2943/2017 por medio del cual la Sra. Olga Haydeé Andreassi, DNI 10.841.261, solicita la escrituración según Ley Nº10.830 de la vivienda nº 2 del Plan Pro Casa II, identificada catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 57; Manzana 57c; Parcela 17; Partida 093-20729 de la ciudad de Saladillo;
que, a fs. 9/11 consta acta de recepción de la vivienda por parte de la Sra. Olga Haydee Andreassi, por medio de la cual adquiere el carácter de adjudicataria del inmueble referido;
que, a fs. 16/17 obra encuesta social de la cual surge que la solicitante ocupa la vivienda que pretende escriturar;
que, desde la Oficina de Cómputos se informa que se ha cancelado la totalidad del valor de amortización de la vivienda (ver fs. 22);
que, de la copia de la escritura anejada se desprende que la Municipalidad de Saladillo resulta ser la titular dominial de dicho inmueble (ver fs. 23/31);
que, conforme al Artículo 2º de la Ordenanza 79/1990 la Sra. Olga Haydeé Andreassi resultó adjudicataria de la Vivienda Nº 2 del Plan de Viviendas Pro-Casa II;
que, conforme a lo dictaminado por el Director de Asuntos Legales a fs. 36 vuelta debería sancionarse una Ordenanza aprobando la venta de la vivienda nº 2 del Plan Pro Casa II, identificada catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 57; Manzana 57c; Parcela 17; Partida 093-20729, a favor de la Sra. Olga Haydee Andreassi por un valor total de pesos diez mil cuatrocientos catorce con 35/100; y asimismo declararse de interés social la mentada escrituración;
que, por su parte el artículo 3º de la Ley 10.830 establece: “La intervención de la Escribanía General de Gobierno deberá ser requerida por los funcionarios que determine el Poder Ejecutivo…” ; y
CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria llevada a cabo el 14 de agosto del 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones , acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Apruébese la venta de la vivienda nº 2 del Plan Pro Casa II, identificada catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 57; Manzana 57c; Parcela 17; Partida 093-20729, a favor de la Sra. Olga Haydee Andreassi, DNI 10.841.261, por un valor total de pesos diez mil cuatrocientos catorce con 35/100 ($ 10.414.35).-
ARTÍCULO 2º: Declárase de interés social la escrituración del inmueble detallado en el artículo anterior a favor de la Sra. Olga Haydeé Andreassi, DNI 10.841.261, a cuyo efecto requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial , cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de agosto del dos mil dieciocho.-
ORDENANZA Nº 85/2018 .-