Ordenanza N° 83/2018
- Fecha de sanción: 14/08/2018
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente nº 250/2018 iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el expediente 4098-2986/2018, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar la donación y declarar de interés social la escrituración de un inmueble a favor del Sr. Manuel Ramón Carballo; que, a fs. 14/21 surge que el inmueble en cuestión es de propiedad […]
VISTO el expediente nº 250/2018 iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el expediente 4098-2986/2018, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar la donación y declarar de interés social la escrituración de un inmueble a favor del Sr. Manuel Ramón Carballo;
que, a fs. 14/21 surge que el inmueble en cuestión es de propiedad de la Municipalidad de Saladillo;
que, a fs. 23 el Secretario de Hacienda informa que la operación de compraventa se efectuó por un valor de $ 13.050,00, pagaderos en 261 cuotas, con un plazo de 21 años y siete meses;
que, a fs. 32 la Oficina de Cómputos informa que el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 38; Manzana 38a; Parcela 2. Partida: 093-9506 es propiedad de la Municipalidad siendo el destinatario postal de las Tasas Municipales el Sr. Manuel Ramón Carballo quien además ha abonado 251 cuotas de un total de 261, por un importe de $ 50,00 c/u, correspondientes a la amortización de la vivienda perteneciente al Plan FO.MU.VI (Fondo Municipal de Vivienda);
que, respecto de la forma de pago se informa que las cuotas fueron y son descontadas mensualmente de los haberes que percibe el Sr. Manuel Ramón Carballo en su condición de agente municipal, Legajo 846 (fs. 32);
que, si bien no ha podido ser hallado el boleto de compraventa suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y el Sr. Manuel Ramón Carballo, de las restantes constancias obrantes en las presentes actuaciones se desprende la existencia de la mencionada operación;
que, el artículo 54º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, dispone que “corresponde al Concejo aprobar la venta y la compra de bienes de la Municipalidad”;
que, debido a todo lo expuesto debe sancionarse una ordenanza que apruebe la venta efectuada a favor del Sr. Manuel Ramón Carballo, DNI 10.604.829, del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 38; Manzana 38a; Parcela 2, por un precio total de pesos trece mil cincuenta ($ 13.050,00), como así también que declare de interés social la escrituración;
que, el artículo 3º de la Ley Nº10.830 establece: “La intervención de la Escribanía General de Gobierno deberá ser requerida por los funcionarios que determine el Poder Ejecutivo…”; y
CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria, llevada a cabo el 14 de agosto de 2018 este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comision de Desarrollo Social y Derechos Humanos; que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones , acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudícase en venta a favor del Sr. Manuel Ramón Carballo, DNI Nº 10.604.829, y por la suma de pesos trece mil cincuenta ($ 13.050,00), el inmueble del Barrio 6 Viviendas Municipales que le fuera adjudicado en venta, identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 38; Manzana 38 a; Parcela 2, Partida: 093-9506; inscripto en la Matrícula 10.357 del Partido de Saladillo (093).-
ARTICULO 2º: Declárase de interés social la escrituración del inmueble detallado en el artículo anterior a favor del Sr. Manuel Ramón Carballo, DNI 10.604.829, a cuyo efectos requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento.-
ARTICULO 3º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.-
ORDENANZA Nº 83/2018.-