S/ CAMARA DE DIPUTADOS PCIA. PRORROGUE POR 120 DIAS EL PLAZO DE ACOGIMIENTO EN EL REGIMEN DE PRESENTACION ESPONTANEAY DE FACILIDADES DE PAGO ESTABLECIDOS POR DECRETO 237/98.-
VISTO el expediente nº 100/98, iniciado por el Bloque de Concejales de la U.C.R. que eleva proyecto de Resolución solicitando a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires prorrogue por 120 días el plazo de acogimiento en el Régimen de Presentación Espontánea y de Facilidades de Pago establecido por el Decreto Nº 267/98;
que, la Provincia de Buenos Aires ha implementado un régimen de presentación espontánea y facilidades de pago establecido por el Decreto 237/98, para regularizar las deudas tributarias de los contribuyentes y responsables vencidas entre el 01/03/96 y el 31/12/97, imponiendo como plazo de vencimiento para su acogimiento al 15/04/98, plazo que luego se prorrogó primeramente al 15/05/98 y en esta última semana al 06/06/98;
que, no se podía ingresar al mencionado régimen las cuotas del año 1997 que vencieran en el año 1998, por ejemplo cuota 6/98 de ingresos brutos;
que, se exige a los contribuyentes que quieran ingresar que no adeuden ningún pago del año 1998, lo que representa en el Impuesto a los Ingresos Brutos de contribuyentes bimestral que deberá abonar las cuotas 1 y 2/98 que vencieron en los meses de marzo/98 y mayo/98 respectivamente, y a los contribuyentes de pago mensual que abonen las cuotas 1,2,3 y 4 que vencieron en los meses de febrero, marzo, abril y mayo/98 respectivamente;
que, la situación planteada, demanda a los contribuyentes un desembolso importante de dinero para pagar las cuotas con vencimiento en 1998, e ingresar en el plan mencionado;
que, las inundaciones que están sufriendo gran cantidad de contribuyentes ha imposibilitado levantar las cosechas de maíz, girasol y soja, lo que implica una disminución en los ingresos previstos por los mismos;
que, la Provincia de Buenos Aires ya ha resuelto declarar como Zona de Emergencia Agropecuaria a varios distritos de la misma; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 18 de mayo de 1998, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires peticione ante el Ministerio de Economía de la Provincia, se prorrogue por 120 días el plazo de acogimiento en el Régimen de Presentación Espontánea y de Facilidades de Pago establecido por el Decreto Nº 237/98.-
ARTICULO 2º: Que se amplíen los períodos a ingresar en el mencionado Régimen, para que se puedan acoger por las deudas del ejercicio 1998 que han vencido.-
ARTICULO 3º: Solicítase a los Honorables Concejos Deliberantes vecinos su adhesión.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, a los Honorables Concejos Deliberantes vecinos, al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciocho días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho.-
RESOLUCION Nº 28/98.-