Ordenanza N° 69/2018

  • Fecha de sanción: 14/08/2018
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediene nº 213/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 4929/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza convalidando la incompetencia de la Subsecretaría de Deportes, para desarrollar las colonias de verano;   que, el Decreto Nº 73/2018 declaró la incompetencia de la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Juventud y de la Secretaría de […]

VISTO el expediene nº 213/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 4929/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza convalidando la incompetencia de la Subsecretaría de Deportes, para desarrollar las colonias de verano;

que, el Decreto Nº 73/2018 declaró la incompetencia de la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Juventud y de la Secretaría de Gobierno para desarrollar de manera excepcional, durante el receso de vacaciones de verano, los programas de Colonias de Verano Municipal, Escuelas Abiertas de Verano, Viví el Verano en tu Club y las Colonias Abiertas de Verano de Adultos Mayores, en la ciudad cabecera y en las localidades del interior;

que, los programas mencionados precedentemente, fueron declarados de interés municipal mediante los decretos 23/2018, 24/2018 y 25/2018;

que, las actividades contempladas en tales programas, requieren de los conocimientos e idoneidad de profesores de Educación Física y Guardavidas;

que, la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Juventud, cuenta con dos profesores de Educación Física, de los cuales uno se encuentra abocado al cargo de Subsecretario y el otro al cargo de Director, siendo imposible que desarrollen la diaria de tales eventos, más allá que se requieren un importante número de profesores, guardavidas, mantenimiento, asistencia y servicios a fin de cumplir de manera completa con la prestación de las actividades descriptas;

que, doctrinariamente el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha considerado factible la contratación de profesionales por parte del Departamento Ejecutivo, siempre que no se cuente con personal especializado o el existente se declare incompetente;

que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 66º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, este tipo de contrataciones por parte de la Municipalidad, serán considerados gastos especiales;

que,  atento ello resulta necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante en un todo de acuerdo al artículo 32 de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, no obstante lo cual, y dada la premura que merece la disposición del recurso humano mencionado, se procedió al dictado de un decreto ad referéndum autorizando la contratación en cuestión, y

CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria,  llevada a cabo el día 14 de agosto de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Convalídase la declaración de incompetencia de la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Juventud, efectuada mediante Decreto Nº 73/2018 del Departamento Ejecutivo, para desarrollar de manera excepcional, durante el receso de vacaciones de verano, los programas de Colonias de Verano Municipal, Escuelas Abiertas de Verano, Viví el Verano en tu Club y las Colonias Abiertas de Verano de Adultos Mayores, en la ciudad cabecera y en las localidades del interior.-

ARTÍCULO 2º: Autorízase y apruébase los gastos de carácter especial originados por la contratación para el desarrollo de los programas Colonias de Verano Municipal, Escuelas Abiertas de Verano, Viví el Verano en tu Club y las Colonias Abiertas de Verano de Adultos Mayores, en la ciudad cabecera y en las localidades del interior.-

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.-

ORDENANZA Nº 69/2018.-

Buscar proyecto por concejal