Ordenanza N° 17/2015
- Fecha de sanción: 05/05/2015
- N° Promulgación: 2956
- Decreto Promulgación: 821/15
APROBARLA VENTA DE UN INMUEBLE Y DECLARAR DE INTERES SOCIAL LA ESCRITURACION A FAVOR DE CARINA MIRTA DE IRAOLA
VISTO el expediente nº 384/2014, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2416-10352/2003, que eleva proyecto de Ordenanza aprobando la venta de un inmueble y declarando de interés social la escrituración a favor de la Srta. Carina Mirta de Iraola;
que, el expediente nº 2416-10352/2003 -Alcance 9-,, en el que la Srta. Carina Mirta de Iraola, con D.N.I. Nº 25.694.422, solicita la escrituración mediante el mecanismo previsto en la Ley 10.830 de un inmueble que le fuera adjudicado por Ordenanza nº 35/1998, Anexo l, a los Sres. Mario Raúl Brunetti y Carina Mirta de Iraola, una parcela designada catastralmente como: Circunscripción I; Sección M, Chacra 336, Manzana 336 c, Parcela 14; ubicada en calle Suquía nº 2558 -Casa 33, del Barrio CO.VI.SOP, en el Partido de Saladillo, en el marco del programa Familia Propietaria; inscripto en la Matrícula 2613 del Partido de Saladillo (093);
que, atento a la Cesión de Derechos y Acciones, de fecha 13 de junio de 2001, otorgada por el Sr. Mario Raúl Brunetti a favor de la Srta. Carina Mirta de Iraola, que consta a fs. 9 del mencionado expediente y que fuera aceptado por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, según Resolución nº 4854; es menester que se excluya del listado al Sr. Brunetti, Mario Raúl, con D.N.I. Nº 23.818.842, según consta en el Anexo l, de la Ordenanza nº 35/1998, quedando como única adjudicataria del inmueble en cuestión, la Srta. Carina Mirta de Iraola, con D.N.I. Nº 25.694.422;
que, el mencionado inmueble, conforme surge de la documentación agregada en el expediente mencionado, se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a nombre de la Municipalidad de Saladillo;
que, el artículo 54º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, dispone que “corresponde al Concejo aprobar la venta y la compra de bienes de la Municipalidad”;
que, debido a todo lo expuesto debe sancionarse una Ordenanza que excluya al Sr. Mario Raúl Brunetti, como así también que declare de interés social la escrituración a favor de la Srta. Carina Mirta de Iraola y se autorice a la Escribanía General de Gobierno a constituir Derecho Real de Hipoteca en favor del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires de dicho inmueble; y
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 05 de mayo de 2015, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que recomienda la aprobación del proyecto de Ordenanza en cuestión;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Exclúyase del listado al Sr. Mario Raúl BRUNETTI, con D.N.I. Nº 23.818.842, que consta en el Anexo l, de la Ordenanza nº 35/1998, sancionada con fecha 21 de setiembre del año 1998, quedando como única adjudicataria la Srta, Carina Mirta de Iraola, del inmueble designado catastralmente como: Circunscripción l, Sección M, Chacra 336, Manzana 336-c, Parcela 14, ubicada en calle Suquía nº 2558 -Casa 33, del Barrio CO.VI.SOP, en el Partido de Saladillo, en el marco del Programa Familia Propietaria; inscripto en la Matrícula 2613 del Partido de Saladillo (093).-
ARTICULO 2º: Declárase de Interés Social la escrituración del inmueble detallado en el artículo anterior a favor de la Srta. Carina Mirta de IRAOLA, con D.N.I. Nº 25.694.422. –
ARTICULO 3º: Autorízase a la Escribanía General de Gobierno a constituir Derecho Real de Hipoteca a favor del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, por el saldo de precio impago que pudiera existir sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción l, Sección M, Chacra 336, Manzana 336-c, Parcela 14.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil quince.-
ORDENANZA Nº 17/2015.-