Ordenanza N° 53/2014

  • Fecha de sanción: 16/09/2014
  • N° Promulgación: 2916
  • Decreto Promulgación: 1407

LICITACION PUBLICA 1/2013 CONTRATACIONB DE LOS SERVICIOS DE PUBLICON SRL, PARA EL COBRO DE TASAS EDEDE PROPAGANDA, DERECHOS DE OCUPACION

VISTO el expediente nº 138/2012, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente nº 4719/2013, por el cual eleva proyecto de Ordenanza adjudicando la Licitación Pública nº 1/2013 referente a la contratación de los servicios de Relevamiento, Constatación, Verificación y Facilitación de la Gestión de Cobro a los respomsables de Tributos Municipales por Derecho de Publicidad y Propaganda, Derechos de Ocupación y Uso de Espacios Públicos, a la firma PUBLICON S.R.L.;

que, la Licitación Pública nº 1/2013, que tramita en el marco del expediente nº 4719-D-2013, para la contratación de los Servicios de Relevamiento, Constatación, Verificación y Facilitación de la Gestión de Cobro, a los responsables de tributos municipales por los derechos de publicidad y propaganda, derechos de ocupación y uso de espacios públicos, y de Relevamiento, Constatación, Verificación y Facilitación de la Gestión de Cobro, a los responsables de tributos municipales por Tasas por Registro y Habilitación e Inspección de Seguridad y Control de Antenas y sus estructuras soportes, ambos con más los respectivos cargos por incumplimiento a las obligaciones fiscales de dichos derechos, establecidos por Ordenanza Fiscal e Impositiva vigentes;

que, la tercerización del servicio de cobro de este tipo de tasas ha sido autorizado por Ordenanza nº 66/2012;

que, el llamado de la Licitación Pública nº 1/2013 se dispuso por Decreto 1616/2013;

que, con fecha 27 de febrero de 2014 se procedió a la apertura de sobres, de lo que resultó que: a) la firma PUBLICON SRL presentó sobre nº 1 cumpliendo con los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (artículo 14º) y presentó sobre nº 2 indicando que la oferta económica para Derechos de Publicidad y Propaganda y de Ocupación de Espacios Públicos asciende al treinta y dos por ciento (32%) más IVA de la suma que efectivamente perciba la Municipalidad, en tales conceptos, y que la oferta económica para Relevamiento, Constatación, Verificación y Facilitación de la Gestión de Cobro de Tasa por Registro y Habilitación e Inspección de Seguridad y Control de Antenas y sus Estructuras Soportes asciende al treinta y dos por ciento (32%) más IVA de la suma que efectivamente perciba la Municipalidad, en tales conceptos, indicando además que la ejecución iniciará el día posterior a la suscripción del contrato de locación de servicios; y que b) la firma Cristian Daniel Acrich presentó sobre nº 1 cumpliendo con los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (artículo 14º) y sobre nº 2 en el que indica que la oferta para el Relevamiento, Constatación, Verificación y Facilitación de la Gestión de Cobro de Tasa por Registro y Habilitación e Inspección de Seguridad y Control de Antenas y sus Estructuras Soportes, asciende al veinte por ciento (20%) más IVA de los montos totales que perciba esta Municipalidad, y el plazo para dar inicio a la ejecución es el mismo día de suscripción del contrato de locación de servicio, no presentando oferta para Derechos de Publicidad y Propaganda y de Ocupación de Espacios Públicos;

que, según el informe técnico del Sr. Director de Ingreso Público se debería adjudicar a PUBLICON SRL la contratación de los servicios de Relevamiento, Constatación, Verificación y Facilitación de la Gestión de Cobro a los responsables de Tributos Municipales por Derecho de Publicidad y Propaganda, Derechos de Ocupación y Uso de Espacios Públicos y los respectivos cargos por incumplimiento a las obligaciones fiscales de dichos derechos, establecidos por las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes; y que, a su vez, adjudicarle a la firma Acrich Cristian Daniel la contratación de los servicios de Relevamiento, Constatación, Verificación y Facilitación de la Gestión de Cobro, a los responsables de Tributos Municipales por Tasas por Registro y Habilitación e Inspección de Seguridad y Control de Antenas y sus Estructuras Soportes y los respectivos cargos por incumplimiento de las obligaciones fiscales de dichos derechos, establecidos por las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes;

que, si bien se trata de una sola licitación se estableció el desdoblamiento de las ofertas (artículo 8º del Pliego de Bases y Condiciones) y con relación al Relevamiento, Constatación, Verificación y Facilitación de la Gestión de Cobro a los responsables de tributos municipales por Derechos de Publicidad y Propaganda, y Derechos de Ocupación y Uso de Espacios Públicos, sólo hubo una oferta -la de la empresa PUBLICON SRL-, ya que la firma Acrich Cristian Daniel únicamente participó de la oferta por Relevamiento, Constatación, Verificación y Facilitación de la Gestión de Cobro de Tasas por Registro y Habilitación e Inspección de Seguridad y Control de Antenas y sus Estructuras Soportes;

que, la Ordenanza nº 66/2012 dispone en su artículo 2º que el prestador de los servicios a la Municipalidad solo será remunerado con un porcentaje sobre la recaudación, que en todos los casos no debe superar el treinta y cinco por ciento (35%), y la empresa PUBLICON SRL ofertó el 32% más IVA, con lo cual la oferta estaría dentro de los márgenes autorizados y, a su vez, cumple con los demás requisitos exigidos, según se desprende del informe del Director de Ingreso Público de fecha 5 de marzo de 2014;

que, el artículo 155º del Decreto Ley nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) dispone que “si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo …”;

que, con relación al Relevamiento, Constatación, Verificación y Facilitación de la Gestión de Cobro de Tasas por Registro y Habilitación e Inspección de Seguridad y Control de Antenas y sus Estructuras Soportes hubo dos ofertas (PUBLICON SRL y ACRICH CRISTIAN DANIEL) por lo que su adjudicación resulta materia exclusiva del Departamento Ejecutivo, mientras que respecto al Relevamiento, Constatación, Verificación y Facilitación de la Gestión de Cobro a los responsables de tributos municipales por Derechos de Publicidad y Propaganda, y Derechos de Ocupación y Uso de Espacios Públicos corresponde, a tenor de lo dispuesto por la mencionada norma que sea este Cuerpo el que disponga la autorización para la adjudicación;

que, en virtud de ello, resulta claro que la oferta económica presentada por la firma PUBLICON SRL, además se cumplir con los demás recaudos, se enmarca dentro de los límites establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, por lo que no se encuentran reparos que formular para que el Departamento Ejecutivo proceda a adjudicarle la Licitación Privada nº 1/2013 en lo que hace al Relevamiento, Constatación, Verificación y Facilitación de la Gestión de Cobro a los responsables de tributos municipales por Derechos de Publicidad y Propaganda, y Derechos de Ocupación y Uso de Espacios Públicos, por resultar su oferta conveniente a los intereses municipales; y

CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 16 de setiembre de 2014, este Honorable Cuerpo aprobó por mayoría el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar la Licitación Pública Nº 1/2013, respecto a la contratación de los servicios de Relevamiento, Constatación, Verificación y Facilitación de la Gestión de Cobro a los responsables de Tributos Municipales por Derecho de Publicidad y Propaganda, Derechos de Ocupación y Uso de Espacios Públicos y los respectivos cargos por incumplimiento a las obligaciones fiscales de dichos derechos, establecidos por las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes, a la firma PUBLICON SRL.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciseis días del mes de setiembre del año dos mil catorce.-

ORDENANZA Nº 53/2014.-

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