Ordenanza N° 134/2017
- Fecha de sanción: 14/11/2017
- N° Promulgación: 3230
- Decreto Promulgación: 2792/2017
VISTO el expediente nº 354/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 6648/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza disponiendo el sentido de circulación en ambas manos en la calle Sarmiento entre Zamorano y Eduardo de Santibañez; que, de acuerdo a la obra de pavimentación de todo el Barrio que rodea a la Escuela […]
VISTO el expediente nº 354/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 6648/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza disponiendo el sentido de circulación en ambas manos en la calle Sarmiento entre Zamorano y Eduardo de Santibañez;
que, de acuerdo a la obra de pavimentación de todo el Barrio que rodea a la Escuela Primaria Nº 26, el cual comprendió un total de 13 cuadras;
que, la Ordenanza Nº 135/1984 establece el sentido de circulación de todas las calles comprendidas en el sector delimitado por las Av. Saavedra, Ledesma, Sanguinetti y Dellatorre;
que, de acuerdo a la mencionada Ordenanza solamente se contaría con 2 vías asfaltadas de acceso y egreso al Barrio 272 Viviendas (Av. Rivadavia y Ruta Nacional Nº 205);
que, para brindar una nueva vía de acceso resultaría conveniente disponer el doble sentido circulatorio de la calle Sarmiento en el tramo comprendido entre las calles Rafael Zamorano y Eduardo de Santibañes;
CONSIDERANDO que en Décima Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 28 de noviembre del 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Dispóngase el sentido de circulación en ambas manos en la calle Sarmiento en el tramo comprendido entre las calles Rafael Zamorano y Eduardo de Santibañes.-
ARTÍCULO 2º: Prohíbase el estacionamiento sobre ambas aceras de la calle Sarmiento, en el tramo comprendido entre las calles Rafael Zamorano y Eduardo de Santibañes.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.-
ORDENANZA Nº 134/2017.-