Ordenanza N° 104/2017
- Fecha de sanción: 10/10/2017
- N° Promulgación: 3201
- Decreto Promulgación: 2443/2017
VISTO el expediente nº 285/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente nº 5242/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Marco de Colaboración Institucional entre el Ministerio de Educación, Deportes de la Nación; la Universidad Nacional de La Plata y la Municipalidad de Saladillo; que, la Ley de Educación Superior nº […]
VISTO el expediente nº 285/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente nº 5242/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Marco de Colaboración Institucional entre el Ministerio de Educación, Deportes de la Nación; la Universidad Nacional de La Plata y la Municipalidad de Saladillo;
que, la Ley de Educación Superior nº 24.512 establece como fines y objetivos garantizar crecientes niveles de calidad y excelencia en todas las opciones institucionales del sistema; articular la oferta educativa de los diferentes tipos de instituciones que la integran; profundizar procesos de democratización, contribuir a la distribución equitativa del conocimiento y asegurar la igualdad de oportunidades; promover una adecuada diversificación de los estudios que atienda tanto a las expectativas y demandas de la población como a los requerimientos del sistema cultural y de la estructura productiva, propendiendo a un aprovechamiento integral de los recursos humanos y materiales asignados;
que, a través de la Resolución Ministerial nº 1366, de fecha 14 de agosto de 2012, se creó el Programa de Expansión de la Educación Superior;
que, dicho Programa tiene como objetivo incrementar las oportunidades de acceso a la educación superior a partir de la extensión de la cobertura territorial de la Educación Superior;
que, con ello se busca evitar el desarraigo de los jóvenes de la región, poniendo al alcance de los ciudadanos la posibilidad de estudiar y desarrollarse en su localidad, evitando la emigración a los grandes centros urbanos;
que, en virtud de lo antes expuesto se suscribió un Convenio Marco de Colaboración Institucional entre el Ministerio de Educación y Deportes de la Nación, la Universidad Nacional de la Plata y la Municipalidad de Saladillo con fecha 14 de julio de 2017, por el cual las partes se comprometen a llevar a cabo actividades de colaboración institucional en el desarrollo de acciones de formación, producción de conocimiento, extensión y/o capacitación estratégicas para el desarrollo regional;
que, asimismo se acordó en dicho convenio que las acciones, proyectos y actividades, que realicen las partes, para cumplir con los objetivos trazados serán instrumentados mediante Convenios Específicos;
que, conforme a lo normado por el artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades a efectos de dotarla de operatividad, resulta necesaria su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 10 de octubre del año 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébase el Convenio Marco de Colaboración Institucional suscripto entre el Ministerio de Educación y Deportes de la Nación, la Universidad Nacional de la Plata y la Municipalidad de Saladillo con fecha 14 de julio de 2017; y que obra a fs. 1 / 4 del mencionado expediente.-
ARTICULO 2º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los Convenios Específicos a que hace referencia la cláusula segunda del acuerdo aprobado mediante el artículo primero de la presente.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.-
ORDENANZA Nº 104/2017.-