VISTO el expediente nº 59/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 7395/2019, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor del Sr. Atilio DELIA ; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 13 de agosto de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja aprobar en un 100% la eximición del pago de la tasa de Servicios Urbanos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago, según el artículo 2° de la Ordenanza n° 158/2017, del 100% de la Tasa de Servicios Urbanos, a favor del Sr. Atilio DELIA (D.N.I. N° 5.233.554) con domicilio en calle Rivadavia n° 3792 de nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los trece días del mes de agosto del año dos mil diecinueve. –
DECRETO H.C.D. Nº 37/2019.-