Ordenanza N° 45/2017
- Fecha de sanción: 21/06/2017
- N° Promulgación: 3142
- Decreto Promulgación: 1402/2017
VISTO el expediente nº 164/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar el Acta Acuerdo entre la Municipalidad de Saladillo y la Asociación Civil “Agruparte”; que, por Ordenanza Nº 72/2016, promulgada bajo el número 3067, mediante Decreto Nº 1968/2016 de fecha 3 de noviembre de 2016, se aprobó […]
VISTO el expediente nº 164/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar el Acta Acuerdo entre la Municipalidad de Saladillo y la Asociación Civil “Agruparte”;
que, por Ordenanza Nº 72/2016, promulgada bajo el número 3067, mediante Decreto Nº 1968/2016 de fecha 3 de noviembre de 2016, se aprobó el Convenio Específico suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y la Secretaría de Vivienda y Hábitat, dependiente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, sobre ejecución de obras de infraestructura básica y fortalecimiento comunitario en el Barrio 31 de Julio, de la Ciudad de Saladillo;
que, según surge del Anexo III del citado Convenio Específico la ejecución de obras de fortalecimiento comunitario consta de 5 módulos (Módulo Desarrollo Humano – Deportivo; Módulo Desarrollo Humano – Cultural; Módulo Desarrollo Humano – Verde; Módulo Desarrollo Humano – Mujer y Hábitat; Módulo Desarrollo Humano – Nido);
que, a efectos de implementar la ejecución del Módulo Desarrollo Humano – Cultural y el Módulo Desarrollo Humano – Mujer y Hábitat, el día 3 de abril de 2017 se suscribió un Acta Acuerdo entre la Municipalidad de Saladillo y la Asociación Civil Agruparte (Casita de la Vía) inscripta bajo la matrícula 15.485 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires;
que, conforme a lo normado por el artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y a efectos de dotar de operatividad al mencionado Acuerdo, resulta necesaria su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 21 de junio de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébase el Acta Acuerdo suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y la Asociación Civil Agruparte, con fecha 3 de abril de 2017, para la ejecución del Módulo Desarrollo Humano – Cultural y el Módulo Desarrollo Humano – Mujer y Hábitat, correspondientes al Convenio Específico suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y la Secretaría de Vivienda y Hábitat, dependiente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación sobre ejecución de obras de infraestructura básica y fortalecimiento comunitario en el Barrio 31 de Julio, de la Ciudad de Saladillo; y que obra a fojas 1 /4 del mencionado expediente.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil diecisiete.-.
ORDENANZA Nº 45/2017.-