Ordenanza N° 28/2017
- Fecha de sanción: 06/06/2017
- N° Promulgación: 3125
- Decreto Promulgación: 1292/2017
VISTO el expediente nº 33/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3203/2016, quién eleva proyecto de Ordenanza aprobando la venta de un inmueble y declarando de interés social la escrituración a favor del Sr. José Manuel Freccero Apis; que, el expediente nº 3203-F-2016, en el cual el Sr. José Manuel Freccero Apis, […]
VISTO el expediente nº 33/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3203/2016, quién eleva proyecto de Ordenanza aprobando la venta de un inmueble y declarando de interés social la escrituración a favor del Sr. José Manuel Freccero Apis;
que, el expediente nº 3203-F-2016, en el cual el Sr. José Manuel Freccero Apis, con D.N.I. Nº 37.344.689, solicita la escrituración mediante el mecanismo previsto en la Ley 10.830 de un inmueble que le fuera adjudicado en venta a su madre Susana Beatriz Apis, D.N.I. Nº 18.575.163, en el marco del denominado Plan Familia Propietaria, identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección M, Chacra 336, Manzana 336 t, Parcela 20; Partida Inmobiliaria Nº 22951; inscripto en la Matrícula 2613 del Partido de Saladillo (093);
que, a fs. 3 se adjunta boleto de compraventa suscripto entre la Sra. Susana Beatríz Apis, D.N.I. Nº 18.575.163 y la Municipalidad de Saladillo, del cual surge que la compradora era de estado civil soltera;
que, a fs. 5 se adjunta declaratoria de herederos dictada en los autos “APIS, Susana Beatriz s/Sucesión Ab Intestato” Expediente 10.398/2016 de trámite ante el Juzgado de Paz Letrado de la Ciudad de Saladillo, de la cual surge que por fallecimiento de Susana Beatríz Apis le sucede en carácter universal heredero su hijo José Manuel Freccero Apis;
que, dicho inmueble, conforme surge de la documentación agregada en el expediente mencionado, se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a nombre de la Municipalidad de Saladillo;
que, el artículo 54º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, dispone que “corresponde al Concejo aprobar la venta y la compra de bienes de la Municipalidad”;
que, debido a todo lo expuesto debe sancionarse una Ordenanza que apruebe la venta efectuada a favor de Sra. Susana Beatríz Apis, por el boleto de compraventa de fecha 11 de marzo de 1999, suscripto en el marco del Plan Familia Propietaria, como así también que declare de interés social la escrituración a favor de José Manuel Freccero Apis, su único heredero; y
CONSIDERANDO que en la Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 06 de junio de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que recomienda aprobar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébase la venta del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección M, Chacra 336, Manzana 336t, Parcela 20; Partida Inmobiliaria Nº 22951; inscripto en la Matrícula 2613 del Partido de Saladillo (093), efectuada por la Municipalidad de Saladillo en el marco del denominado Plan Familia Propietaria, por boleto de compraventa de fecha 11 de marzo de 1999, a favor de la Sra. Susana Betríz Apis, D.N.I. Nº 18.575.163.-
ARTICULO 2º: Declárase de Interés Social la escrituración del inmueble detallado en el artículo anterior a favor del Sr. José Manuel Freccero Apis, D.N.I. Nº 37.344.689, en su carácter de único y universal heredero de Susana Beatríz Apis.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de junio del año dos mil diecisiete.-
ORDENANZA Nº 28/2017.-