Ordenanza N° 39/2016

  • Fecha de sanción: 02/08/2016
  • N° Promulgación: 3035
  • Decreto Promulgación: 1306/2016

VISTO el expediente nº 127/2016, iniciado por la Concejal María de las Mercedes Mancini, del Bloque del Frente para la Victoria, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a contar con un Nomenclador actualizado de las calles de nuestra ciudad;   que, no existe un nomenclador oficial de calles  y pasajes de la ciudad de Saladillo […]

VISTO el expediente nº 127/2016, iniciado por la Concejal María de las Mercedes Mancini, del Bloque del Frente para la Victoria, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a contar con un Nomenclador actualizado de las calles de nuestra ciudad;

que, no existe un nomenclador oficial de calles  y pasajes de la ciudad de Saladillo y de las localidades del interior del partido como insumo institucional y público de consulta;

que, contar con un Nomenclador  Oficial actualizado de los nombres de las calles y pasajes, su orientación geográfica, sentido de circulación y numeración serviría como consulta a las actividades propias del ámbito del estado municipal en sus distintas áreas y reparticiones;

que, fundamentalmente la Secretaría de Obras y Servicios  Públicos y la Dirección de Catastro trabajan permanentemente sobre ubicación de los barrios, calles, veredas,  redes de agua, energía eléctrica, cloacas, gas, entre otros;

que, en diferentes sitios web se encuentran mapas y  nóminas de calles de Saladillo, pero ninguno de ellos pertenece a un sitio oficial;

que, existen libros con mapas y nómina de calles de Saladillo, pero que los mismos no pertenecen al ámbito oficial y pierden vigencia en tanto se trazan nuevas calles o se imponen nuevos nombres;

que, los nuevos loteos realizados en la ciudad de Saladillo y en otras localidades han exigido el trazado de nuevas calles y la imposición de los nombres respectivos;

que, esto genera la necesidad permanente de actualización de la nómina de calles y pasajes, y  de los mapas y planos correspondientes;

que, en la tarea legislativa también se requiere en muchas ocasiones de contar con un Nomenclador  Oficial de nombres  de calles para corroborar la existencia o no de un nombre;

que, existen Ordenanzas donde hay datos referidos a calles, nombres, y ubicación de las mismas pero que no es una documentación que unifique estos datos para una consulta ordenada y de fácil acceso;

que, no todas las calles cuentan con  carteles que identifiquen el nombre, sentido de circulación y numeración;

que, el nomenclador  referido y planos deben complementarse como datos catastrales de la ciudad de Saladillo y de las localidades del interior;

que, sería de utilidad informativa para los vecinos de Saladillo, para la ciudadanía en general, instituciones, profesionales, empresas, industrias, comercios, medios de comunicación, policía y bomberos voluntarios, hospitales y sistemas de información satelital;

que, es necesario que el estado municipal pueda ofrecer la mayor cantidad de datos actualizados sobre el partido; y

CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 02 de agosto de 2016, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1° : El Estado Municipal contará con un Nomenclador  actualizado de las calles, avenidas y pasajes de la ciudad de Saladillo y de las localidades del interior con su orientación geográfica, sentido de circulación, y numeración correspondiente, siendo este nomenclador parte complementaria de planos de la ciudad y de planos de las localidades del interior.-

ARTICULO 2°: El Nomenclador de calles, avenidas y pasajes de la ciudad de Saladillo y de las localidades del interior con su orientación geográfica, sentido de circulación, y numeración correspondiente, estará disponible en internet dada la ventaja de poder acceder a la información con mayor rapidez y de manera más generalizada.-

ARTICULO 3°: Podrá conformarse dicho nomenclador en un libro de registro en formato tradicional papel.-

ARTICULO 4°: El citado nomenclador y planos de calles, avenidas y pasajes de la ciudad de Saladillo y localidades del interior del partido se mantendrá en actualización permanente a través de las áreas específicas.-

ARTICULO 5°: Se publicará esta información y puesta en consulta en la página Oficial del Municipio y toda página de difusión será necesaria y prioritaria para que se cumpla el objetivo de insumo informativo y consulta para la administración municipal, instituciones, entidades diversas, comercios, industrias, y público en general.-

ARTICULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO,  a los dos días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.-

ORDENANZA Nº 39/2016.-

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