Ordenanza N° 14/2014
- Fecha de sanción: 06/05/2014
- N° Promulgación: 2877
- Decreto Promulgación: 646/14
DECLARAR LA INCOMPETENCIA DE LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS PARA LA TAREA DE CONCIENTIZACION, EDUCACION Y DIFUSION DEL PROGRAMA RESIDUOSSOLIDOS
VISTO el expediente nº 73/2014, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 141/2014, que eleva Decreto Nº 55/2014 ad-referendum del Honorable Cuerpo declarando la incompetencia de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos para realizar la tarea de concientización, educación y difusión del programa de residuos sólidos;
que, el expediente nº 141/2014, iniciado por la Directora de Gestión Ambiental, y en el que solicita la contratación de dos educadores (Trotta, Mirta Daniela y Sosa, Nadia Soledad) que ya cuentan con experiencias anteriores, para prestar servicios de asistencias técnicas para la concientización, educación y difusión del Programa Integral de Residuos Sólidos de Saladillo;
que, la mencionada funcionaria solicita se declare la incompetencia del área para la realización de dicha tareas, por no contar con el personal adecuado;
que, debido a ello, y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad, resulta menester declarar la incompetencia de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad -que es el área que integra la Dirección de Gestión Ambiental- para realizar la tarea de concientización, educación y difusión del Programa Integral de Residuos Sólidos de Saladillo; y
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 6 de mayo de 2014, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que recomienda su convalidación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos para realizar la tarea de concientización, educación y difusión del Programa Integral de Residuos Sólidos de Saladillo, por carecer del personal idóneo para ello.-
ARTICULO 2º: Procédase a la contratación de las educadoras Trotta, Mirta Daniela y Sosa, Nadia Soledad para la realización de las tareas mencionadas en el artículo primero.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de mayo del año dos mil catorce.-
ORDENANZA Nº 14/2014.-