Ordenanza N° 73/2013

  • Fecha de sanción: 27/11/2013
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

ADJUDICAR EN VENTA UN INMUEBLE A FAVOR DE PABLO RUBEN CARNEVALE Y NORA VELAZCO Y DECLARAR DE INTERES SOCIAL LA ESCRITURACION

VISTO el expediente nº 328/2013, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 4098-2468/2013, que eleva proyecto de Ordenanza adjudicando en venta un inmueble a favor de Pablo Rubén Carnevale y Nora Elizabet Velazco y declarando de Interés Social la escrituración;

que, por Ordenanza Nº 75/2012 se adjudicó a favor de los Señores Pablo Rubén Carnevale y Nora Elizabet Velazco, el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Manzana 101 u, Parcela 6, Partida Inmobiliaria 16547, inscripto en la matrícula 14389 del Partido de Saladillo (093);

que, por un involuntario error, y entendiéndose oportunamente que la adjudicación debía realizarse en el marco del denominado “Plan Nuevas Parejas”, la adjudicación del inmueble se dispuso “sin cargo”;

que, de lo expuesto por la Escribanía General de Gobierno a fs. 53 se desprende que la operación se trata de una venta y no de una donación;

que, ello se corrobora con el boleto de compraventa de fs. 6;

que, en virtud de ello, y de lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales, corresponde el dictado de una nueva Ordenanza que contemple la operatoria correcta, y se derogue la Ordenanza Nº 75/2012;

que, de las constancias del expediente resulta que el precio total de la vivienda asciende a la suma de $ 18.858, incluyéndose en el precio el lote de terreno (artículo 8º del acta de entrega de fs. 3/4), y que de acuerdo a lo informado a fs. 11 por la Oficina de Cómputos el beneficiario adeuda la suma de $ 13.500;

que, debido a ello correspondería el dictado de una nueva Ordenanza por el que se adjudique en venta y por la suma de $ 18.858, el inmueble en cuestión, dejándose a salvo, en su respectivo articulado, que el beneficiario suscribirá un convenio de pago con la Municipalidad de Saladillo a fin de efectivizar la cancelación del saldo de precio;

que, ello así a fin de evitar la constitución del derecho real de hipoteca, que obste al beneficiario a la obtención de créditos bancarios; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 27 de diciembre de 2013, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos que aconseja su aprobación;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Adjudícase en venta, por la suma de pesos dieciocho mil ochocientos cincuenta y ocho ($ 18.858,00), y a favor de los Señores Pablo Rubén Carnevale, D.N.I. Nº 21.503.177 y Nora Elizabet Velazco, D.N.I. Nº 22.761.725, el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Manzana 101-u, Parcela 6, Partida Inmobiliaria 16547, inscripto en la matrícula 14389 del Partido de Saladillo (093).-

ARTICULO 2º: Declárese de Interés Social la escrituración del inmueble mencionado en el artículo anterior, en los términos del artículo 4º, inciso d) de la Ley 10.830, a fin de tramitar la escritura traslativa de dominio con intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 3º: Procédase, a través del área del Departamento Ejecutivo que se disponga, a la suscripción de un convenio de pago con los adjudicatarios, por medio del cual se disponga el mecanismo por el cual éstos cancelarán el saldo de precio del inmueble, y que a la fecha de la presente asciende a la suma de pesos trece mil quinientos ($ 13.500,00).-

ARTICULO 4º: Derógase la Ordenanza Nº 75/2012.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil trece.-

ORDENANZA Nº 73/2013.-

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