SOLICITANDO MODIF. ART.3? DECRETO LEY 7904/92 CONLA FINALIDAD DE ELEVAR MONTO SUBSIDIO A BOMBEROS VOLUNTARIOS.-

VISTO el expediente nº356/94, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, mediante el cual eleva Resolución por la cual solicita adhesión al proyecto de Ley por el que se modifica el artículo 3º del Decreto Ley 7904/92, con la finalidad de elevar al doble el monto de subsidios que perciben los Bomberos Voluntarios que hayan cumplido 25 años de antigüedad; y

CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 9 de noviembre del año 1994; el Honorable Cuerpo aprobó una Resolución adhiriendo a la misma;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I O N

ARTICULO 1º: Adhiérase a la Resolución del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles referente al Proyecto de Ley presentado ante el Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires, por el cual se modifica el artículo 3º del Decreto-Ley 7904/92, con la finalidad de elevar al doble el monto del subsidio que perciben los Bomberos Voluntarios que hayan cumplido veinticinco años de antigüedad.-

ARTICULO 2º: Comuníquese a los Cuerpos de Bomberos Voluntarios de Saladillo y Del Carril, al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los nueve días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro.-

RESOLUCION Nº107/94.-

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