Ordenanza N° 103/2012

  • Fecha de sanción: 04/12/2012
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

AUTORIZAR AL D.E. A DONAR LIBROS A LAS DISTINTAS ESCUELAS Y BIBLIOTECAS DEL PDO. DE SALADILLO.

VISTO el expediente nº 363/2012, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 4641/2012, que eleva proyecto de Ordenanza autorizando al Departamento Ejecutivo a donar libros a las distintas escuelas y bibliotecas del Partido de Saladillo;

que, la gran cantidad de libros de lectura que periódicamente se adquieren por parte del Departamento Ejecutivo Municipal;

que, el material bibliográfico, en muchos casos, una vez leído, y sin perjuicio de pertenecer al dominio del Estado Municipal, pierde utilidad, pudiendo remitirse a escuelas y bibliotecas del Partido de Saladillo, donde se constituirán en material de consulta permanente de quienes allí asistan;

que, el artículo 56º de la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone la necesaria intervención del Honorable Concejo Deliberante para autorizar las donaciones por parte del Departamento Ejecutivo;

que, no obstante constituir donaciones los regalos que de libros se pudieran efectuar a las distintas bibliotecas, resulta evidente que autorizar cada donación que se realice, especificándose cada una de las obras bibliográficas, conllevaría un exceso formalista, que podría claramente zanjarse mediante el dictado de una Ordenanza de carácter genérico, por la que se autorice al Departamento Ejecutivo, y con las mayorías que determina el mencionado artículo 56º, a donar a las escuelas y a las bibliotecas del Partido de Saladillo, el material bibliográfico adquirido, o que adquiera en el futuro;

que, esto implica fortalecer los recursos de las Instituciones beneficiarias, beneficiándolas no solamente a ellas sino también a quienes diariamente asisten con la finalidad de acceder a la información y al conocimiento;

que, la distribución del conocimiento constituye un pilar del desarrollo, y deben implementarse acciones tendientes a la consecución de tal objetivo; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 4 de diciembre de 2012, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja la aprobación de la Ordenanza peticionada;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a donar a los establecimientos educativos y a las bibliotecas del Partido de Saladillo, el material bibliográfico con que cuente o que adquiera en el futuro.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil doce.-

ORDENANZA Nº 103/2012.-

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