Ordenanza N° 96/2012

  • Fecha de sanción: 13/11/2012
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

DETINAR UN INMUEBLE DE DOMINIO MUNICIPAL DEL BIENFISCAL PRA SER UTILIZADO COMO CALLE DE USO PUBLICO

VISTO el expediente nº 253/2012, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3719/2012, que eleva proyecto de Ordenanza aceptando la incorporación al dominio municipal del “Bien Fiscal” para ser utilizado como calle de uso público;

que, los informes de la Dirección de Asuntos Legales y la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad, como así también el emitido por la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires y toda la documentación existente en el expediente Nº 1640-S-2012, por el cual se considera necesario la apertura de calle en el sobrante fiscal ubicado en la Circunscripción I, Sección M, Chacra 375, Parcela 3, del partido de Saladillo;

que, la apertura de una calle, otorga mayor seguridad al sector ya que es una vía paralela a la Ruta Provincial 51;

que, lo solicitado beneficia y da acceso a 10 parcelas que tienen una relación frente-fondo no apropiada de acuerdo al Decreto Ley 8912/77 y cuya nomenclaturas catastrales son las siguientes: Circunscripción I, Sección M, Chacra 375, Parcela 2; Circunscripción I, Sección M, Chacra 375, Parcela 4; Circunscripción IX, Parcela 1142-e; Circunscripción IX, Parcela 1142-h; Circunscripción IX, Parcela 1142-k; Circunscripción IX, Parcela 1142-g; Circunscripción IX, Parcela 1142-m; Circunscripción IX, Parcela 1142-n; Circunscripción IX, Parcela 1142-b; Circunscripción IX, Parcela 1142-f;

que, la franja sobrante es de mínimas dimensiones y se ubica colindante con los inmuebles antes mencionados; que comprende una superficie de 1 Ha, 01 As, 05 CA, el cual mide: 24,79 m. al frente, 25,09 m. en su otro frente, y 407,00 m. en sus costados, linderos: al N.O. con prolongación Av. Rivadavia en medio de Chacra 374; al N.E. con parcela 4 y Chacra 375; al S.E. con prolongación calle Yrigoyen en medio de Chacra 376, al S.A. con parcelas 1142-b; 1142-e; 1142-f; 1142-g; 1142-h; 1142-k; 1142-m y 1142-n;

que, según el informe de Dominio expedido por el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires con fecha 27 de junio de 2012 y el comprobante de solicitud de antecedentes catastrales de ARBA, reconoce como titular de dominio a la Provincia de Buenos Aires;

que, la decisión de que este sobrante pase al dominio municipal y posterior apertura de calle, no perjudica el interés general por el que debe bregar celosamente el estado municipal, amparándose igualmente el fin de interés de la comunidad, ya que se está atendiendo a la necesidad de sus ciudadanos; y

CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 15 de noviembre de 2012, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad que recomienda la sanción de una Ordenanza en los siguientes términos: Artículo 1º: Destínase al inmueble denominado catastralmente como Circunscripción I, Sección M, Chacra 375, Parcela 3, para ser utilizado como calle de uso público; artículo 2º de forma;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Destínase al inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción I, Sección M, Chacra 375, Parcela 3, para ser utilizado como calle de uso público.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil doce.-

ORDENANZA Nº 96/2012.-

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