MODIFICACION ARTICULO 5? DE LA ORDENANZA 1164, REFERENTE AL REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PARA DEUD

VISTO la Ordenanza nº1158 por la cual se establece un régimen de facilidades de pago para deudores por Tasas de Servicios Municipales y la Ordenanza Modificatoria 1164; y

CONSIDERANDO que en el artículo 2º modificado, figura como plazo máximo para acogerse al Régimen de Pagos el 30 de junio de 1989 y que con motivo de estos son muchos los contribuyentes que solicitan un mes más de prórroga;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Modíficase el artículo 2º de la Ordenanza 1164, el que será redactado de la siguiente forma:

«ARTICULO 2º: El plazo para acogerse al plan de pagos dispuesto por la presente Ordenanza, ser el 30 de julio de 1989».-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los tres días del mes de julio de mil novecientos ochenta y nueve.-

ORDENANZA Nº29/89.-

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