MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 104? Y 233? DE LA ORDENANZA FISCAL VIGENTE.-
VISTO el expediente nº870/89, (correspondiente al expediente nº67/89, de este Honorable Concejo Deliberante), por el cual el Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza modificando los artículos 104 y 233 de la Ordenanza Fiscal Vigente; y
CONSIDERANDO el despacho favorable de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja hacer lugar a lo requerido;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifícanse los siguientes artículos de la Ordenanza Fiscal Vigente, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
«ARTICULO 104º: Constituye la base imponible de este, la superficie del local afectado a la actividad.- Tratándose de ampliaciones debe considerarse exclusivamente a superficie de las mismas».-
«ARTICULO 233º: El pago de la presente tasa se efectuará de acuerdo a la siguiente forma:
* Contribuyentes propietarios de hasta 100 Has. en cuotas semestrales, vencimientos: 25/6 y 26/12.-
* Contribuyentes de más de 100 Has. y hasta 1000 Has. en 6 cuotas bimestrales, con vencimientos: 25/2 – 25/4 – 25/6 – 25/8 – 25/10 y 26/12.-
* Contribuyentes de más de 1000 Has en 6 cuotas bimestrales con vencimientos: 25/1 – 25/3 – 26/5 – 25/7 – 25/9 y 25/11.-
ARTICULO 2º: Por el año 1989 los contribuyentes de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado dela Red Vial Municipal deberán abonar por el resto del año, las cuotas previstas por el segundo semestre del año.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de julio de mil novecientos ochenta y nueve.
ORDENANZA Nº32/89.-