EXIMICION DEL PAGO DE LA TASA POR RED VIAL DE LA DEUDA QUE MAN–TIENE HASTA EL 31 DE JULIO DE 1989 A
VISTO el expediente nº304/89 (correspondiente al expediente nº32/89 de este Honorable Concejo Deliberante), relativo a una solicitud de eximición del pago de la Tasa Vial, efectuado por la Señora Edelma C. de Villa; y
CONSIDERANDO el informe de la Secretaría de Obras Públicas obrante a fs. 3 de las presentes actuaciones, en donde consta que se comprobó el estado de perjuicio ocasionado al establecimiento, el agua que ingresa a la laguna del mismo nombre proveniente de la planta urbana de Saladillo, y que por otra parte, se ha visto incrementado en estos últimos 5 años con motivo de las grandes inundaciones que fueren de público conocimiento; y
que, el despacho favorable de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja hacer lugar a lo peticionado;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Exímase a la Señora Edelma C. de Villa del pago de la Tasa por Red Vial de la deuda que mantiene hasta el 31 de julio de 1989.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y nueve.-
ORDENANZA Nº45/89.-