EXIMICION DE TASAS CORRESPONDIENTES A HABILITACION MUNICIPAL Y -POR INSPECCION,SEGURIDAD E HIGIENE A
VISTO la importancia que reviste que nuevas industrias se radiquen en un Sector Industrial Planificado – Parque Industrial; y
CONSIDERANDO que es un estímulo para tal radicación el eximir a las empresas de las Tasas correspondientes a Habilitación Municipal y por Inspección, Seguridad e Higiene;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Exímase a todas las industrias que se radiquen en el predio del Parque Industrial de las Tasas correspondientes a Habilitación Municipal y por Inspección, Seguridad e Higiene, esta última por cinco (5) años.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y nueve.
ORDENANZA Nº74/89.