Ordenanza N° 75/2011
- Fecha de sanción: 20/09/2011
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
ABONAR AL PERSONAL MUNICIPAL POR UNICA VEZ LA SUMA DE $200 POR EL DIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO
VISTO el expediente Nº 198/2011 iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente Nº 3900/2011, que eleva Decreto Nº 600/2011 ad-referéndum del Cuerpo;
que, la proximidad del Día Internacional del Trabajo, el cual se celebra el 1º de mayo de cada año;
que, con motivo de las fiestas de fin de año del pasado año, y el inicio del período vacacional, tanto el Estado Municipal, como los Estados Nacional y Provincial, han otorgado a los trabajadores estatales una suma adicional, extraordinaria y no remunerativa;
que, dicho beneficio ha tenido en cuenta la posibilidad de mejorar la capacidad adquisitiva de los trabajadores estatales, para incrementar el consumo, y por ende, su bienestar;
que, el Departamento Ejecutivo Municipal ha considerado, no solamente viable, sino además justo y merecido tal beneficio adicional, por lo cual lo ha efectivizado;
que, ahora, considerando la proximidad del día en el cual se reivindica a los trabajadores del todo el planeta, nuevamente el Departamento Ejecutivo Municipal considera viable implementar una medida similar a aquella adoptada el día 29 de diciembre de 2010, contando con los fondos necesarios y estimando que la misma resulta importante para los agentes municipales en cuanto a mejorar su capacidad de consumo;
que, este adicional deben percibirlo aquellas personas que integran la denominada Planta Permanente como aquellas que revisten el carácter de Personal Superior y Jerárquico, tanto del Departamento Ejecutivo, como del Departamento Deliberativo Municipales;
que, el acto que se dicte deberá ser elevado al Honorable Concejo Deliberante para su debido tratamiento; y
CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 20 de setiembre de 2011, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que recomienda su convalidación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Abónese al personal municipal de Planta Permanente, Superior y Jerárquico, de los Departamentos Ejecutivo y Deliberativo Municipales, por única vez, de manera extraordinaria y con carácter no remunerativa, y con motivo de la proximidad del Día Internacional del Trabajo, la suma de pesos doscientos ($ 200,00).-
ARTICULO 2º: El gasto que irrogue el presente deberá imputarse a la Partida Presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de setiembre de dos mil once.-
ORDENANZA Nº 75/2011.-