OTORGACION AL PERSONAL MUNICIPAL QUE HAYA CUMPLIDO 25 A?OS DE –SERVICIO EN LA ADMINISTRACION MUNICI
VISTO la situación planteada en el Acta de fojas 1 respecto a la necesidad de dar un tratamiento equitativo a aquellos que se hallaren comprendidos en los puntos 1 y 2 del documento antes mencionado; y
CONSIDERANDO que ello constituye un acto de justicia respecto a los agentes antes indicados;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Otórgase al Personal Municipal que haya cumplido 25 años de servicios en la administración municipal con anterioridad a la sanción de la Ordenanza 1058 (Estatuto del Empleado Municipal) un premio igual al establecido en el artículo 199 de la Ordenanza citada.-
ARTICULO 2º: Otórgase al Personal Municipal que acredite 25 años de servicios reconocidos por este Municipio, un premio igual al establecido en el artículo 1º. –
ARTICULO 3º: Amplíase el presupuesto general de gastos vigente en la partida que ha continuación se detalla:
Jurisdicción II – Finalidad I – Item I – Premios………. =A= 60.000.000.-
ARTICULO 4º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior se tomarán de la siguiente partida del presupuesto general de gastos vigentes:
Jurisdicción II – Finalidad II – Crédito Adicional… =A= 60.000.000.-
ARTICULO 5º: El Departamento Ejecutivo podrá disponer dentro de un termino no mayor de 8 meses de promulgada la presente Ordenanza la modalidad de cumplimiento de la misma.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta y un días del mes de octubre de mil novecientos noventa.-
ORDENANZA Nº78/90.-