BONIFICACION EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA PARA EL PERSONAL MU-NICIPAL CORRESPONDIENTE AL MES DE FE
VISTO el expediente nº 20/91 iniciado por el Departamento Ejecutivo con expediente 197/91 referente a proyecto de Ordenanza Bonificación Extraordinaria no remunerativa para el Personal Municipal correspondiente al mes de febrero de mil novecientos noventa y uno; y
CONSIDERANDO que en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de febrero de 1991, el Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que en su parte pertinente aconseja aprobar el proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Fijase a partir del día 1º de febrero de 1991 una Bonificación Extraordinaria no remunerativa de australes doscientos cincuenta mil (=A= 250.000) por agente.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de febrero de mil novecientos noventa y uno.-
ORDENANZA Nº 11/91.-