VISTO el expediente nº 240/2018, iniciado por la Concejal María Mancini del Bloque Unidad Ciudadana, quién eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo hacer efectivo el cumplimiento de la Ordenanza nº 39/2016 referido a un nomenclador actualizado de calles;
que, la Ordenanza Nº 39/2016, sancionada con fecha 02/ 08/ 2016, referente a contar con un Nomenclador actualizado de las calles y pasajes de la ciudad de Saladillo, y la Comunicación N° 60/2017, donde se solicita la efectiva aplicación de la Ordenanza mencionada;
que, dicha Ordenanza fue aprobada por unanimidad en la sesión correspondiente en el año 2016;
que, a la fecha dicha Ordenanza no ha sido reglamentada;
que, no ha sido aplicada, siendo que es “una regla general cuyo cumplimiento compete al Departamento Ejecutivo”, según lo establece la carta Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento Interno de la Municipalidad de Saladillo en su artículo 42º;
que, esta gestión de gobierno ha creado la Dirección de Sistemas Informáticos y Soluciones Digitales dependiente de la Secretaria de Desarrollo Local, lo que indicaría que esta información podría ya estar disponible en la web para su consulta general;
que, se citan los fundamentos de dicha Ordenanza a fin de reafirmar la importancia de su efectiva aplicación:
Ø contar con un Nomenclador Oficial actualizado de los nombres de las calles y pasajes, su orientación geográfica, sentido de circulación y numeración serviría como consulta a las actividades propias del ámbito del estado municipal en sus distintas áreas y reparticiones;
Ø la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y la Dirección de Catastro trabajan permanentemente sobre ubicación barrios, calles, veredas, redes de agua, energía eléctrica, cloacas, gas, entre otros;
Ø en diferentes sitios web se encuentran mapas y nóminas de calles de Saladillo, pero ninguno de ellos pertenece a un sitio oficial;
Ø existen libros con mapas y nómina de calles de Saladillo, pero que los mismos no pertenecen al ámbito oficial y pierden vigencia en tanto se trazan nuevas calles o se imponen nuevos nombres;
Ø los nuevos loteos realizados en la ciudad de Saladillo y en otras localidades han exigido el trazado de nuevas calles y la imposición de los nombres respectivos;
Ø esto genera la necesidad permanente de actualización de la nómina de calles y pasajes, y de los mapas y planos correspondientes;
Ø en la tarea legislativa también se requiere en muchas ocasiones de contar con un Nomenclador Oficial de nombres de calles para corroborar la existencia o no de un nombre;
Ø existen ordenanzas donde hay datos referidos a calles, nombres, y ubicación de las mismas pero que no es una documentación que unifique estos datos para una consulta ordenada y de fácil acceso;
Ø no todas las calles cuentan con carteles que identifiquen el nombre, sentido de circulación y numeración;
Ø el nomenclador referido y planos deben complementarse como datos catastrales de la ciudad de Saladillo y de las localidades del interior;
Ø sería de utilidad informativa para los vecinos de Saladillo, para la ciudadanía en general, instituciones, profesionales, empresas, industrias, comercios, medios de comunicación, policía y bomberos voluntarios, hospitales y sistemas de información satelital;
Ø es necesario que el estado municipal pueda ofrecer la mayor cantidad de datos actualizados sobre el partido;
que, diferentes vecinos y organismos de reparticiones del estado interesados en consultar este Nomenclador han concurrido a la Oficina de catastro de la Municipalidad de Saladillo, y la información con la se cuenta es acotada, desactualizada, y desorganizada para su consulta;
que, vecinos de Saladillo, han solicitado se le dé nombre a la calle donde tienen su domicilio, sin estar enterados de que esa calle tiene nombre impuesto, dado que no se ha comunicado ni hay registro en ningún sitio oficial público;
que, esta situación perjudica a los vecinos en términos de la provisión y pago de servicios público, como de otras cuestiones donde es necesario contar con un dirección postal;
que, esto es atribución y obligación del Estado Municipal; y
CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 14 de agosto de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N l C A C l Ó N
ARTICULO 1°: Solicítase al Departamento Ejecutivo haga efectivo el cumplimiento de la Ordenanza 39/2016 referida a que el Estado Municipal cuente con un Nomenclador actualizado de las calles, avenidas y pasajes de la ciudad de Saladillo y de las localidades del interior con su orientación geográfica, sentido de circulación, y numeración correspondiente, siendo este nomenclador parte complementaria de planos actualizados de la ciudad y de planos de las localidades del interior, según lo establecido en los artículos 1°, 2°, 3°, 4° y 5° de la mencionada Ordenanza.-
ARTICULO 2°: Actualícese periódicamente la información de este nomenclador y publíquese.-
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.-
COMUNICACION Nº 17/2018.-