VISTO el expediente nº 117/2017, iniciado por la Concejal Marta Macchi del Bloque del Frente Renovador, quién eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo un control permanente de los autos de alquiler y remises;
que, la cantidad de accidentes protagonizado por automotores de alquiler y remises;
que, existe una Ordenanza vigente, bajo el numero 12/2000, que reglamenta la actividad de los automotores de alquiler y remises;
que, el Decreto Nº 95/80 del Poder Ejecutivo Provincial, el Decreto Nº 652/02 del Poder Ejecutivo Nacional y la Resolución de la Secretaría de Transporte de la Nación Nº 337/04; que también reglamenta la actividad a nivel Provincial y Nacional;
que, dicha Ordenanza en todos los casos especifica la forma de actuar y las obligaciones de los propietarios, tanto de móviles como de agencias;
que, es diario los accidentes protagonizados por remises en la planta urbana, contra peatones, bicicletas o móviles de todo tipo;
que, se aprecian muchos móviles sin la documentación adecuada para ejercer la actividad;
que, no se cumplen en muchos casos las mínimas obligaciones de limpieza y mantenimiento;
que, los propietarios de las agencias deben cumplir con la Ordenanza, manteniendo el servicio, limpieza y papeles de los móviles a su cargo con rango de obligatoriedad;
que, existen remiseras que cierran en diferentes horarios, faltando a la obligación de tener las 24 hs. el servicio publico disponible con guardia mínima, especificada en la ordenanza de referencia;
que, en días de necesidad como ser días de fiestas o domingos, no se cumple con este servicio, dejando a la población sin transporte público;
que, muchos móviles no cumplen con las mínimas obligaciones de mantenimiento;
que, es necesario un control permanente de la actividad, regulada en la Ordenanza vigente;
que, los móviles deben cumplir con la Ordenanza vigente, bajo apercibimiento, y
CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el 14 de noviembre del 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Seguridad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal, arbitre los medios necesarios para que se realice un control permanente de los automotores de alquiler y remises, dando cumplimiento a la Ordenanza vigente.-
ARTICULO 2º: Comunicar a las Agencias de Remises la obligatoriedad de cumplir con el servicio público de pasajeros las 24 hs. del día los 365 días del año.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmpase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.-
COMUNICACION Nº 65/2017.-