VISTO, el expediente Nº 88/2016, iniciado por el Concejal Jorge Lenzi del Bloque del Frente para la Victoria, quien eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, realizar una campaña de uso del cinturón de seguridad;

que, la industria automotríz, siguiendo pautas internacionales de seguridad, fabrica con más frecuencia automóviles de distinta gama equipados con AIRBAG;

que, la mayoría de los automovilistas circulan por la ciudad y el campo, sin abrocharse los cinturones de seguridad;

que, el choque a 40 kilómetro por hora equivale a una caída de un tercer piso;

que, el tipo de trauma pone en riesgo la vida, debido a serias lesiones internas provocadas por lo antes descripto;

que, es común en nuestra Ciudad ver menores de edad, sobre todo menores de 10 años, viajando en el asiento delantero como acompañantes;

que, las lesiones resultantes por apertura del AIRBAG, lo cual puede suceder en un accidente urbano considerado banal, pueden ser mortales en caso de niños;

que, en la Ciudad de Saladillo los accidentes que involucran automóviles, mantienen una frecuencia elevada pese a las campañas y controles impuestos por la Dirección Municipal de Tránsito; y

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada  a cabo el día 03 de mayo de 2016, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

COMUNICACION

ARTICULO 1º:  Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría de Gobierno, se instruya a la Dirección Municipal de Tránsito a iniciar una vigorosa campaña de uso de cinturón de seguridad en la planta urbana de Saladillo.-

ARTICULO 2º:  En paralelo con lo antes articulado, se proceda a educar a quienes transportan niños en los asientos delanteros.-

ARTICULO 3º:  Pasado el periodo educativo, (el  Departamento Ejecutivo Municipal determinará la duración del mismo),  se procederá a penalizar a los infractores acorde a la Legislación de Tránsito vigente.-

ARTICULO 4º:  Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los tres días del  mes de mayo del año dos mil dieciséis.-

COMUNICACION Nº 10/2016.-

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