VISTO el expediente nº 346/2012, iniciado por los Bloques de la U.C.R., Frente para la Victoria y Unión Pro, elevan proyecto de Decreto modificando el artículo 26 del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante;
que, las Comisiones creadas por el artículo 18º del Reglamento Interno que rige el funcionamiento del Honorable Concejo Deliberante de Saladillo;
que, para cada una de ellas se han establecido competencias específicas según lo determinado por los artículos 19 a 26;
que, en el caso de la Comisión de Seguridad sus atribuciones se definen en el artículo 26º, y si bien se hace una enumeración de las mismas, creemos que es oportuno agregar un párrafo al final del texto para dejar en forma explícita la posibilidad de que dicha Comisión también realice un seguimiento de las causas judiciales que se tramiten en nuestro Partido y que sean consideradas como de Interés Público; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 4 de diciembre de 2012, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja su aprobación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Incórporase al final del texto del artículo 26º del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Saladillo el siguiente párrafo: “También es competencia de la Comisión de Seguridad realizar el seguimiento de las causas judiciales que se tramiten en el Partido de Saladillo y que sean consideradas de Interés Público por unanimidad de opinión de los integrantes de dicha Comisión”.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil doce.-
DECRETO H.C.D. Nº 53/2012.-