VISTO el expediente nº 208/2015, iniciado por el Bloque del Frente Renovador, quién eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo información de la Tasa de Publicidad y Propaganda que recauda el Municipio;

que, el Presupuesto 2015, el estado de ejecución del mismo y las inquietudes generalizadas de los comerciantes y empresarios de a ciudad de Saladillo, en relación a la Tasa de Publicidad y Propaganda que recauda este Municipio y por la cual en este año se comenzó con la tarea de relevamiento y recaudación;

que, conforme surge del Presupuesto de Recursos y Gastos, el Departamento Ejecutivo estimó en concepto de dicha tasa un ingreso estimado de $9.000.000 (nueve millones de pesos), que dicha suma a priori el Bloque de Concejales del Frente Renovador consideró como exhorbitante, atento a la información recadaba de otros Municipios que cobran este tipo de gravamen;

que, además luego de varias reuniones con comcerciantes locales, estos nos manifestaron que habían estimado a las empresas multinacionales con la que trabajan habitualmente por sumas millonarias y que dichas empresas pretendían trasladar dicho gravamen a los comerciantes locales, atento los contratos comerciales existentes entre las partes, con lo cual estaríamos perjudicando a varios comerciantes de nuestro partido;

que, ante dichos eventos, y la preocupación manifestada por estos comerciantes, consideramos conveniente solicitar al Departamento Ejecutivo la siguiente información a los fines de clarificar esta situación y minimizar el impacto gravoso ocasionado; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 17 de noviembre de 2015, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N l C A C l O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal para que por medio de quién corresponda proceda  informar:

a) Monto efectivamente recaudado por dicha tasa a la fecha del informe.-

b) Monto devengado por dicha Tasa a la fecha del informe.-

c) Si existen Planes de Facilidades de Pago y Quita a los fines de conciliar con los contribuyentes.-

d) Planilla detallada de la totalidad de los sumarios y/o expedientes iniciados y la diferencia, si existiere, entre lo recaudado y lo intimado por cada contribuyente -sin consignar el nombre y/o razón social de los mismos- ello a los fines de no violentar el secreto fiscal en materia tributaria.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil quince.-

COMUNICACION Nº 46/2015.-

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