VISTO el expediente nº 171/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3068/2017, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sociedad Protectora de Desvalidos; y
CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 24 de octubre de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja la aprobación en un 100%;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago del 100% de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas y de la Contribución del Fondo de Financiamiento de Obras Públicas, a favor de la Sociedad Protectora de Desvalidos, con domicilio en Avenida Moreno y Ledesma de nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.-
DECRETO H.C.D. Nº 54/2017.-