VISTO el expediente nº 199/2012, iniciado por el Concejal Hernán Troppiano del Bloque de la U.C.R., que eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo de hacer público el nombre de comercios decomisados y clausurados sobre sustancias alimenticias;
que, la inquietud de algunos vecinos de nuestra ciudad, respecto a los decomisos de mercaderías vencidas y/o clausuras a negocios que comercializan sustancias alimenticias;
que, si bien la Ordenanza Nº 42/07 reformatoria de la 951/86 que creó el Juzgado de Faltas con jurisdicción en el Partido de Saladillo, establece en su inciso m) del artículo 2º, modificando el artículo 10º referido a los deberes y facultades del Juez de Faltas, estableciendo en dicho inciso que se debe guardar absoluta reserva acerca de la causas que se tramiten, así como también de todo asunto que se vincule a su función;
que, por lo mencionado en el párrafo anterior referido a estos deberes y facultades, entendemos que el inciso m generaliza y se podría tener en cuenta la inquietud de hacer pública esta información sobre infractores relacionados con la comercialización de este tipo de bienes, por la diferencia con otras causas y su importancia para la población;
que, consideramos de suma importancia esta información, de poder brindarse por parte del Poder Ejecutivo Municipal, ya que de esta forma se alertará a la población para que a la hora de tomar sus decisiones de compra de este tipo de productos pueda escoger sabiendo los antecedentes de estos comercios;
que, de no poder brindar el Poder Ejecutivo Municipal, esta información mediante el Juzgado de Faltas por lo mencionado en dicha Ordenanza, solicitamos al mismo nos brinde información si es que tiene potestad de hacerlo a través de alguna de las áreas vinculadas a la temática, tales como la Dirección de Bromatología o la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC); y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 28 de agosto de 2012, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas que correspondan, que evalúe la posibilidad de hacer público el nombre de los comercios decomisados y clausurados cuando el motivo de las infracciones estén referidas a sustancias alimenticias.-
ARTICULO 2º: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal, de no ser posible lo pedido en el artículo anterior, que nos informe si a través de la Dirección de Bromatología o la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), se puede brindar información sobre este tipo de infracciones a los ciudadanos que lo soliciten personalmente.-
ARTICULO 3º: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal, de no ser posible lo pedido en los artículos anteriores, que emita su opinión a través del área correspondiente, sobre una posible modificación a la Ordenanza que creó el Juzgado de Faltas, modificada luego por la Ordenanza Nº 42/07, teniendo en cuenta su interpretación respecto a las leyes nacionales y provinciales normativas en la materia, para que de esta manera este Honorable Cuerpo pueda decidir sobre una posible reforma del inciso m) del artículo 10º de dicha norma.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil doce.-
COMUNICACION Nº 58/2012.-