VISTO el expediente nº 262/2012, iniciado por la Concejal María Cristina Labernia del Bloque de la U.C.R., que eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo la creación de un Registro Municipal de Potenciales Dadores de Sangre;
que, “Dar Sangre es Dar Vida” no es sólo un slogan y que al realizarse serias campañas a nivel nacional y provincial sobre la importancia que tienen en el sistema de salud los dadores voluntarios de sangre y sus componentes (Ej. plasma, plaquetas) se ha incrementado notablemente en el país el número de donantes;
que, mediante la Ley 25.936 fue declarado el 9 de noviembre como Día Nacional del Donante de Sangre en reconocimiento a quienes de manera altruista donan su sangre para salvar vidas y recordando la primera transfusión de sangre citratada que realizara el Dr. Luis Agote en el Hospital Rawson en el año 1914. Y que mediante esta Ley se invitó a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a tener en sus calendarios escolares jornadas de información sobre la donación de sangre;
que, son necesarias las jornadas municipalesque se pudieran realizar sobre información y concientización sobre el acto de la donación de sangre, que en sí mismo no tiene ningún riesgo para el donante que cumple con los requisitos que el Ministerio de Salud solicita.- Se utiliza material descartable y el dador es estrictamente vigilado por personal idóneo.- Además la sangre donada se recupera rápidamente ya que nuestro organismo está en constante formación y renovación de sangre.- Más, puede decirse que donar sangre al menos una vez al año hace bien;
que, las estadísticas marcan que 8 de cada 10 personas necesitarán sangre para sí o su entorno cercano, alguna vez en la vida y que la sangre no se fábrica, solo se consigue mediante la donación voluntaria de personas solidarias;
que, la gran mayoría de las donaciones de sangre son las denominadas “por reposición” y se realizan en distintos Servicios de Hemoterapia o Bancos de Sangre de Hospitales o Sanitarios del país, ya que la sangre puede almacenarse solo por un tiempo, tiene una vida útil, y de no utilizarse habría que descartarla;
que, los Registros de Dadores facilitan un uso racional de la sangre y permiten tener la información sobre sus inscriptos, que lo han hecho en forma gratuita y voluntaria, ej. Grupo y Factor y fecha de la última extracción, haciendo menos angustiante la búsqueda de quien pueda donar su sangre en un caso de extrema urgencia;
que, en 2002 fue creado el primer Registro de Dadores de Sangre por Fundaleu y hay ciudades en el territorio bonaerense que han creado sus Registros Municipales de Dadores de Sangre por Ordenanza que funcionan como Bancos de Datos, organizados centralizadamente desde el ámbito de la Secretaría de Salud, cuyos objetivos son, entre otros, promover la donación gratuita y voluntaria de sangre para salvar vidas humanas, que las personas sean citadas a donar según el grupo y factor requerido, garantizando así la utilización de esa sangre y colaborar con la angustiante necesidad de conseguir un donante (ej. Ciudad de Baradero); y
CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 23 de octubre de 2012, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo la creación en el distrito de Saladillo de un Registro Municipal de Potenciales Dadores de Sangre dependiente de la Secretaría de Salud y conforme a las legislaciones nacionales y provinciales vigentes, agregando así un servicio que atendería necesidades vitales de pacientes de nuestra comunidad, siendo éstos internados en distintos Centros de Salud públicos o privados de nuestra ciudad u otras.-
ARTICULO 2º: Solicítase al Departamento Ejecutivo se realicen campañas de difusión, información y concientización, permanentes y sistemáticas sobre la loable acción de donar sangre para convertirlo en un gesto solidario y cotidiano en nuestra sociedad.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil doce.-
COMUNICACION Nº 79/2012.-