VISTO el expediente nº 164/09, iniciado por la Concejal Marta L. Melli del Bloque de la U.C.R., que eleva proyecto de Comunicación recomendando al Departamento Ejecutivo la adhesión del Municipio a la Ley Provincial 13.894/08;
que, según datos de la Organización Mundial de la Salud, en la actualidad, el tabaquismo está considerado como una epidemia global, transformándose en una de las principales causas de muerte anticipada y en una enfermedad que se puede prevenir;
que, es responsable de cinco millones de defunciones anuales y si no se implementan políticas enérgicas para el año 2020 la cifra será de diez millones;
que, en nuestro país mueren anualmente 40.000 personas por causas relacionadas con el tabaco, y se estima que, entré ellas 6.000 son fumadores pasivos;
que, es por sí mismo un factor determinante para la aparición de numerosos trastornos de salud: enfermedades cardiovasculares, de pulmón, vías respiratorias, digestas, de la piel, entre muchas otras;
que, en las mujeres pueden presentar, además, fertilidad reducida, parto prematuro, mayores probabilidades de aborto, osteoporosis y menopausia prematura;
que, el elevado índice de tabaquismo entre los jóvenes es un dato preocupante;
que, estudios realizados indican que cualquier nivel de exposición al humo ambiental del tabaco (HAT) implica un riesgo para la salud, ya que no existe una dosis umbral segura.- Además, hay una clara relación dosis -respuesta: a mayor exposición al HAT mayor daño;
que, los adultos expuestos al humo ajeno tienen entre un 30 y 40 % mayor riesgo de cáncer de pulmón e infarto agudo de miocardio.- En los niños, el HAT triplica el riesgo de asma, otitis y catarros invernales, se asocia con cuatro veces más de riesgo de muerte súbita del lactante y con trastornos de comportamiento y aprendizaje;
que, es necesario la creación de ambientes libres de humo, que protejan la salud de todos, fumadores y no fumadores, garantizando mejor calidad de vida para todos los vecinos; y
CONSIDERANDO que en la Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 8 de junio de 2010, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente que aconseja sancionar el mencionado proyecto de Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Recomiéndase al Departamento Ejecutivo la adhesión del Municipio de Saladillo a la Ley Provincial Nº 13.894/08.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de junio del año dos mil diez.-
COMUNICACION Nº 20/2010.-